Perspectivas. Revista de Historia, Geografía, Arte y Cultura de la UNERMB
51
Perspectivas. Revista de Historia, Geografía, Arte y Cultura.
Año 3 N° 5/ Enero-Junio 2015, pp. 51-74
Universidad Nacional Experimental Rafael María Baralt
ISSN: 2343-6271
Recibido: 16/09/2014
Aceptado: 25/11/2014
Ciudadanos, inmigrantes y extranjeros:
Procesos de inclusión y exclusión (1909-
1945)
ARÁMBULO, Angélica*
Universidad Nacional Experimental “Rafael María Baralt
angelicaarambulo@gmail.com
Resumen
Esta investigación de tipo histórica explicativa, desarrollada aplicando el método his-
tórico, tiene como objetivo explicar, a través del análisis de la política inmigratoria del
estado venezolano bajo la inuencia de las ideas positivistas, desde 1909 hasta 1945,
los procesos de inclusión y exclusión de inmigrantes y extranjeros en relación a las
prácticas ciudadanas. Se justica en la necesidad de generar aportes teóricos e históri-
cos que conlleven a la comprensión de las ideas políticas del Estado venezolano y su
incidencia en la sociedad de la época gomecista, una sociedad tradicionalmente agrí-
cola, impactada por los cambios generados con los inicios de la actividad petrolera.
Cambios que van a propiciar las comunicaciones, la aparición de nuevos paradigmas
sociales y culturales, las movilizaciones masivas de población en lo interno y externo,
el desarrollo material e infraestructural y el paso a la modernidad, congurando nue-
vos códigos identitarios propios de la cultura petrolera.
Palabras clave: Inmigración, Positivismo, Inclusión, Exclusión.
* Docente e investigadora de la Universidad Nacional Experimental “Rafael María Baralt” ads-
crita al departamento de Ciencias Sociales del Programa Educación
ARÁMBULO, Angélica
Perspectivas. Revista de Historia, Geografía, Arte y Cultura de la UNERMB
52
Citizens, Immigrants and Foreigners: Inclusion and
Exclusion Processes (1909-1945)
Abstract
is historical research of explanatory type, developed using the historical method,
aims to explain, through the analysis of the immigration policy of the Venezuelan sta-
te under the inuence of positivist ideas, from 1909-1945, the processes of inclusion
and exclusion of immigrants and foreigners in relation to citizenship practices. It is
justied by the need to generate theoretical and historical contributions that lead to
understanding the politics of the Venezuelan State and its impact on gomecist society
time, a traditionally agricultural society, impacted by the changes brought about with
the beginnings of the oil activity. Changes that will facilitate communications, the
emergence of new social and cultural paradigms, massive mobilization of population
internally and externally, material and infrastructural development and the transition
to modernity, setting new own identity codes of the oil culture.
Keywords: Immigration, Positivism, Inclusion, Exclusion.
Introducción
La inmigración es entendida como un proceso de movimiento o despla-
zamiento de grupos humanos desde sus países de origen hacia otros externos
o fuera de sus fronteras. Este desplazamiento trae consigo la implantación
del mundo histórico, social y cultural de ese inmigrado en ese otro mundo al
que ha emigrado y que le impone nuevos parámetros ajustados a su contex-
to, parámetros que chocan con los que ya él tiene preconcebidos desde esa
otra realidad que ha dejado atrás.
La evolución histórica de los movimientos migratorios ha estado ligada a las
grandes coyunturas o transformaciones de la humanidad. En el caso del mun-
do occidental y sus llamadas periferias (desde la visión eurocentrista), las olas
inmigratorias han sido marcadas por coyunturas importantes: el conocimiento
de América, su exploración, conquista y colonización. La revolución industrial
y el proceso modernizador. Las guerras mundiales y el reacomodo de poderes
dentro del llamado sistema mundo. El desarrollo económico capitalista y la
globalización.
De alguna manera estas coyunturas incentivaron la promoción de migraciones
masivas, a través de la aplicación, según Mármora (2004), de políticas de atracción
o expulsión de migrantes “en forma masiva o selectiva, voluntaria o forzosa”.
CIUDADANOS, INMIGRANTES Y EXTRANJEROS: PROCESOS DE INCLUSIÓN...
Perspectivas. Revista de Historia, Geografía, Arte y Cultura de la UNERMB
53
En el caso particular de América durante el siglo XIX, en las recién in-
dependizadas repúblicas, se retoma con fuerza la idea de colonizar o poblar
los territorios. Se dictan entonces leyes y decretos para el fomento de la
inmigración preferiblemente de origen europeo dentro de un programa de
colonización agrícola.
Durante el siglo XIX la promoción de las inmigraciones ma-
sivas ocupó un lugar central en las políticas de las nuevas na-
ciones americanas, que buscaban poblar sus territorios y nece-
sitaban mano de obra para sus emprendimientos económicos.
Como contrapartida, los gobiernos de los países europeos y de
algunos asiáticos alentaban o facilitaban la emigración de sus
nacionales como una forma de descomprensión de situaciones
socioeconómicas críticas, donde el hambre y la desocupación
constituyeron una de las principales causas de la expulsión
migratoria. Cincuenta millones de europeos migraron entre
1920, de los cuales 70% se dirigió a América del norte, 12% a
América del sur y 9% a Australia, Nueva Zelandia y África del
sur (Mármora, 2004:225).
A inicios del siglo XX tras la primera guerra mundial en 1914, la crisis
económica de 1930 y la segunda guerra mundial en 1939, se van a catalizar
aún más los desplazamientos migratorios teniendo como foco principal de
recepción a América Latina.
…el país que captó el mayor número de inmigrantes de origen
europeo fue Argentina, con un balance neto, aproximado, des-
de nes del siglo XIX hasta 1970, de 5,3 millones de personas.
Cifra que representó el 38% de la migración neta en conjunto
por América Latina y el Caribe en ese periodo. Asimismo, lo-
gró junto a Brasil concentrar el 73% del balance regional.
La Región también atrajo la presencia de inmigrantes de ul-
tramar, de poblaciones africanas, de trabajadores originarios
de Asia y de grupos provenientes del Medio Oriente. Estas co-
rrientes migratorias tuvieron un resultado neto favorable para
algunos países como Argentina (423,000 personas), México
(374,000), Brasil (308,000) y Uruguay (104,000). Entre los
ARÁMBULO, Angélica
Perspectivas. Revista de Historia, Geografía, Arte y Cultura de la UNERMB
54
años de 1946 a 1965, Argentina, Brasil y Venezuela formaron
parte de los diez países receptores más importantes de migra-
ción intercontinental en América Latina (Álvarez de Flores y
Ruíz Uscátegui, 2008:119).
Aun cuando las cifras comprueban que Venezuela no ocupó los prime-
ros lugares dentro de las naciones latinoamericanas de recepción de inmi-
grantes, el estado venezolano asumió una política inmigratoria, que en su
primera fase se correspondió con la demanda de mano de obra agrícola para
echar a andar su modelo económico agroexportador dinamizado entorno al
cultivo del café y la necesidad de poblar sus espacios devastados tras la larga
y difícil guerra de independencia.
Política direccionada dentro de los proyectos de inmigración y coloniza-
ción a la captación de mano de obra agrícola calicada, de origen europeo y
a la exclusión de los colectivos de origen africano y asiático como inmigran-
tes deseados o aceptados.
La inmigración blanca europea se convirtió así en la panacea para el pro-
greso constitutivo de la sociedad venezolana, la inmigración deseada para el
avance positivo.
En detrimento de la inmigración de otros colectivos africanos o asiáticos
que quedaron al margen de la política inmigratoria desarrollada en el país,
convirtiéndose así en los excluidos, debido a la vinculación que para los
positivistas tenían con el atraso, la violencia, el anarquismo y la barbarie;
por ello era necesaria la regulación y el condicionamiento de su entrada al
territorio como extranjeros más no como inmigrantes.
Como metodología para el desarrollo de esta investigación se empleó el
método histórico, a través de la investigación documental y bibliográca,
auxiliándose en la hermenéutica para interpretar las leyes y documentos
concernientes al problema abordado.
Considerando como fuente histórica “todo aquel objeto material, ins-
trumento o herramienta, símbolo o discurso intelectual, que procede de la
creatividad humana, a cuyo través puede inferirse algo acerca de una deter-
minada situación social en el tiempo” (Aróstegui, 2001: 380).
CIUDADANOS, INMIGRANTES Y EXTRANJEROS: PROCESOS DE INCLUSIÓN...
Perspectivas. Revista de Historia, Geografía, Arte y Cultura de la UNERMB
55
1. Fundamentos teóricos
1.1. Alteridad, inclusión y exclusión en la transformación de la iden-
tidad nacional y el ejercicio de la ciudadanía
Es necesario deslindar las variables Inclusión/Exclusión dentro de la di-
námica de formación de la identidad y sus relaciones de alteridad entre el
nosotros” y los “otros” para comprender cómo la política inmigratoria de
la época gomecista (1909–1945) respondió a los paradigmas identitarios
que los positivistas pretendieron incorporar en la sociedad venezolana de
principios del siglo XX a través del cambio en su constitución efectiva.
…conjunto de datos básicos – geográcos, climáticos, demo-
grácos, raciales, económicos, históricos…-que determinan el
verdadero modo de ser de una sociedad y, como aspecto muy
importante de ese modo de ser, el modo real de cohesión social
que en ella se da y las predisposiciones políticas de la mayoría
de la población. Las sociedades pasan por diferentes etapas de
evolución. Mientras más elemental es el estadio evolutivo de
una sociedad más rudimentaria es su forma de cohesión social
(Urbaneja, 1992:55).
Basados en el paradigma positivista como modelo, los intelectuales de
la época, pretendieron llevar a cabo una política de inclusión en relación
a colectivos europeos y de exclusión en el caso de los colectivos de origen
africano o asiáticos, estableciendo una relación de alteridad (reejada en las
leyes y decretos de inmigración de dicho período) que conguró la gura
del Otro basada en la mismidad y en los estereotipos creados desde la pro-
pia identidad y que responden a lo que Landowski (1997:31) denomina la
producción de la diferencia.
En la práctica, el sujeto colectivo que ocupa la posición del grupo de
referencia…ja el inventario de los rasgos diferenciales, que de preferencia
a otros posibles, servirán para construir, diversicar y estabilizar el sistema
de las <<Figuras del Otro>> (Landowski, 1997: 30). La alteridad es, pues, la
diferenciación que se establece entre un “nosotros” que comparte una mis-
ma forma de ser, una identidad; y “los otros” que son extraños y diferentes.
Esa relación de alteridad pasa por procesos de inclusión/ exclusión.
ARÁMBULO, Angélica
Perspectivas. Revista de Historia, Geografía, Arte y Cultura de la UNERMB
56
La inclusión es llamada por Landowski “asimilación”, deniéndola
como un proceso que trata de:
ayudar al extranjero a librarse, por medio de un trabajo metó-
dico y razonado, de aquello que lo convierte en otro – en pocas
palabras, de reducir lo Otro a lo Mismo a n de que pueda un
día integrarse plenamente a su nuevo medio de acogida (1997:
25).
Por otro lado dicho autor dene la exclusión como “un gesto explícita-
mente pasional que tiende a la negación del Otro en cuanto tal” (Landows-
ki, 1997: 26).
Cualquiera sea el caso inclusión/exclusión se trata de procesos
que en el fondo reejan la necesidad de ejercer un control so-
bre los elementos externos que perturban el equilibrio interno,
que amenazan al orden establecido que se quiere mantener.
Para la época en que se enmarca esta investigación fue crucial
el mantenimiento de ese orden establecido a través de la impo-
sición de la paz y de un gobierno dictatorial, por lo que funda-
mentada en el positivismo como doctrina, se impuso entre los
intelectuales ligados al poder la tesis del gendarme necesario,
la cual justicó el régimen de Juan Vicente Gómez y el conti-
nuismo político de generales como Eleazar López Contreras e
Isaías Medina Angarita, tras su muerte.
2. Ciudadanos, inmigrantes y extranjeros: procesos de in-
clusión y exclusión (1909-1945)
2.1. El Positivismo en los discursos y las leyes de inmigración gomecistas
La inuencia de la corriente de pensamiento positivista; la cual propug-
naba el orden y el progreso como vías para lograr la evolución social y el
desarrollo económico del país, llegó a todas las esferas del Estado gomecista
por medio de las ideas de los intelectuales vinculados al poder, tales como:
Laureano Vallenilla Lanz, José Gil Fortoul, Pedro Manuel Arcaya y César
Zumeta en la gestión de Gómez; así como Alberto Adriani y Arturo Uslar
Pietri en las gestiones de Eleazar López Contreras e Isaías Medina Angarita,
respectivamente. Quienes plantearon como necesidades imperantes para la
CIUDADANOS, INMIGRANTES Y EXTRANJEROS: PROCESOS DE INCLUSIÓN...
Perspectivas. Revista de Historia, Geografía, Arte y Cultura de la UNERMB
57
transformación de los aspectos constitutivos del venezolano la inclusión del
elemento extranjero europeo como medio para alcanzar el avance cultural
y étnico, así como la exclusión de los colectivos de origen africano y asiá-
tico. Imperó entonces la idea de introducir en Venezuela una inmigración
esencialmente blanca que con sus aportes contribuiría a lograr el modelo del
ciudadano positivo.
En el caso del fomento de la inmigración, las leyes que se promulgaron
para su control, respondieron de algún modo a tales lineamientos de la
doctrina positivista creando mecanismos que insertaran en el país a una po-
blación extranjera preferiblemente blanca, perteneciente a una cultura para
ellos más avanzada, con conocimientos que pudieran ayudar al progreso y
bienestar del país. Las leyes de extranjeros y las leyes de inmigración y colo-
nización del gomecismo, son muy claras al respecto cuando excluyen de la
categoría de inmigrantes a las personas de “color y de raza amarilla”, debido
a que para los positivistas estos grupos sociales eran inferiores en cuanto a su
evolución y traerían una serie de problemas para el avance cultural y social
de los venezolanos.
El 8 de julio de 1912 se decreta una nueva Ley de Inmigración que sigue
dichos lineamientos planteando en su artículo noveno, correspondiente al
Capítulo Tercero sobre los derechos y deberes de los inmigrantes, que
…se consideran como inmigrantes todos los extranjeros de
buena conducta que siendo competentes en cualquier ocio,
industria, profesión o arte, abandonen su patria y se dirijan a
Venezuela con el propósito de establecer en ella su domicilio
permanente.
& No serán aceptados como inmigrantes ni tendrán derecho a
los benecios concedidos por la presente Ley:
1° Los individuos que no sean de raza europea;
2° Los individuos mayores de setenta años.
1
En 1913 se crea la ley de naturalización en la que se establece en su artí-
culo primero que “Podrán solicitar carta de naturaleza los extranjeros domi-
1 Ley de Inmigración y Colonización de 8 de julio de 1912. Archivo General de la Nación
(A.G.N.). Recopilación de Leyes y Decretos de Venezuela. Año: 1912. Tomo: XXXV. Folio:
469
ARÁMBULO, Angélica
Perspectivas. Revista de Historia, Geografía, Arte y Cultura de la UNERMB
58
ciliados que tengan un año de residencia en el territorio de la República.2
Más adelante en el mismo artículo plantea que dicho plazo no será exigido
a los que “vengan contratados como inmigrantes”, lo que deja ver la venta-
josa posición que tenían ante el Estado aquellos considerados por este como
elementos esenciales dentro de su política inmigratoria.
La subsiguiente Ley de Inmigración y Colonización decretada en el año
1918 al igual que la anterior reeja concretamente el carácter excluyente y
positivo de la posición del estado en cuanto a la inmigración y establece mi-
nuciosamente los lineamientos que deben cumplirse por todos los actores
vinculados en el proceso inmigratorio; es decir, el Estado, el contratante o
empresario y el inmigrado. En cuanto al calicativo de “inmigrantes” la ley
planteaba, al igual que la de 1912, en su Artículo noveno que
…se consideran inmigrantes todos los extranjeros de buena
conducta que siendo competentes en cualquier ocio, indus-
tria, profesión o arte, y no pudiendo subvenir a sus necesi-
dades en su país, se dirijan a Venezuela con el propósito de
establecer en ella su domicilio permanente
3
.
A diferencia de la de 1912 fue mucho más especíca y categórica al
excluir de la categoría de inmigrantes y por ende del gozo de los derechos
y deberes establecidos en las leyes a “Los individuos que no sean de raza
europea, o insulares de raza amarilla del hemisferio Norte”
4
.
La ley de Extranjeros del 10 de julio de 1923 en su Artículo 14, establece
que “Se prohíbe la entrada en el territorio de Venezuela: 1º Al extranjero
que se halle comprendido en algunas de las causas de exclusión establecidas
en la Ley de Inmigración
5
.
El 17 de julio de 1937, a dos años del gobierno de transición de Eleazar
López Contreras se decreta una nueva Ley de Extranjeros que deroga la del
2 Ley de Naturalización de 24 de mayo de 1913, Número 11.385. Acervo Histórico del Zulia
(A.H.Z.). Recopilación de Leyes y Decretos de Venezuela. Año: 1913. Tomo: XXXVI. Folio: 91
3 Ley de Inmigración y Colonización publicada el 26 de junio de 1918. Número 12.752.
(A.H.Z.). Recopilación de Leyes y Decretos de Venezuela. Año: 1918. Tomo XLI. Folio 342
4 Ley de Inmigración y Colonización publicada el 26 de junio de 1918. Número 12.752.
(A.H.Z.). Recopilación de Leyes y Decretos de Venezuela. Año: 1918. Tomo XLI. Folio 342
5 Ley de Extranjeros de 10 de julio de 1923. Número 14.444. (A.H.Z.). Recopilación de
Leyes y Decretos de Venezuela. Año: 1923. Tomo: XLVI. Folio: 276
CIUDADANOS, INMIGRANTES Y EXTRANJEROS: PROCESOS DE INCLUSIÓN...
Perspectivas. Revista de Historia, Geografía, Arte y Cultura de la UNERMB
59
08 de julio de 1932, en dicha ley se establece en sus artículos 1º, 2º y 3º
que el territorio venezolano “…está abierto a todos los extranjeros, salvo las
limitaciones y restricciones que se establecen en la presente Ley, o en sus
Reglamentos”, que “…gozan en Venezuela de los mismos derechos civiles
que los venezolanos, salvo las excepciones establecidas o que se establezcan
y que aquellos que se encuentran en Venezuela son considerados “…domi-
ciliados o transeúntes
6
. Así mismo se continúa con la política de admisión
y exclusión adecuada a la visión positivista, la cual fue una constante dentro
de la legislación creada durante el gomecismo (1909-1945).
Se establece en esta Ley en su artículo 32 que son inadmisibles entre otras
causales los extranjeros que: turben el orden público interior o comprometan
las relaciones internacionales del país, los que se comprendan en “…algunas
de las causas de exclusión de la Ley de Inmigración y Colonización”, los
que pertenecieran “…a sociedades o nes opuestos al orden público o civil,
o que propague el comunismo, la destrucción violenta de los Gobiernos
constituidos o el asesinato de los funcionarios públicos nacionales o
extranjeros”, aquellos extranjeros “…considerados por las autoridades de
Inmigración de la República como individuos maniestamente sindicados
de poseer caracteres y condiciones desventajosas para la inmigración
venezolana” así como todos aquellos “…que el Presidente de la República
considere inadmisible
7
.
Pero para poder justicar la entrada al país de dichos extranjeros
inadmisibles se agregó un Parágrafo único que establece que:
El Ejecutivo Federal podrá en los casos que considere conve-
niente y adoptando las medidas que estime necesarias, permi-
tir la entrada al territorio nacional de los extranjeros a que se
contraen los incisos 2 y 9 de este artículo, siempre que vengan
al País con el carácter de meros transeúntes. En tales casos, los
funcionarios consulares venezolanos, de acuerdo con las órde-
nes expresas que se les trasmitan, pondrán constancia escrita
en los pasaportes y demás documentos pertinentes del tiempo
que podrá permanecer el extranjero en el país
8
.
6 Ley de Extranjeros, año: 1937, http://www.acnur.org/biblioteca/pdf/0080.pdf
7 Ley de Extranjeros, año: 1937, http://www.acnur.org/biblioteca/pdf/0080.pdf
8 Ley de Extranjeros, año: 1937, http://www.acnur.org/biblioteca/pdf/0080.pdf
ARÁMBULO, Angélica
Perspectivas. Revista de Historia, Geografía, Arte y Cultura de la UNERMB
60
Indudablemente esta Ley de Extranjeros fue decretada con el n de ade-
cuar mucho más la legislación a la política inmigratoria de corte positivo
que venía desarrollándose desde el poder.
El gobierno de Medina Angarita posteriormente decretó el 29 de junio
de 1942 la Ley sobre Actividades de Extranjeros en el Territorio de Venezue-
la, con el n de regular el desenvolvimiento de los extranjeros en el país. Di-
cha ley se inserta en el marco de la política asumida por el estado venezolano
durante la Segunda Guerra Mundial, durante la cual rompió relaciones con
Alemania, Italia y Japón e intervino todos los movimientos de los extranje-
ros en el país. En el Capítulo III de dicha Ley referido a sus disposiciones
nales, se estableció según los artículos 20 y 21, respectivamente, que “El
Ejecutivo podrá crear Campos Nacionales de Concentración” donde po-
dían ser internados “Los naturales de países con los cuales Venezuela haya
roto las relaciones diplomáticas o se encuentre en guerra, y cualesquiera
otros extranjeros , a quienes se considere peligrosos para la seguridad na-
cional…” también podían ser enviados a poblaciones en el interior del país
o lugares fronterizos, con el n de evitar alteraciones del orden público o
amenazas a las instituciones de la República
9
.
Además en el artículo 1 del Capítulo I de esta Ley se despojó a los ex-
tranjeros de cualquier derecho político ni siquiera aquellos conferidos por
las leyes de sus respectivos países y se establecieron una serie de prohibi-
ciones referidas sobre todo a su actividad política y pública
10
. La necesidad
de fomentar la inmigración europea se convirtió así, en la receta para la
solución de todos los males de nuestra población y las migraciones de otros
colectivos como asiáticos o africanos en un obstáculo para el alcance del
estado positivo o del mayor grado de evolución social.
2.2. Inmigrantes / extranjeros: categorías de inclusión y exclusión con
rasgos positivistas en la opinión pública gomecista:
Durante el gomecismo se construyó en torno al inmigrado europeo una
9 Ley sobre Actividades de Extranjeros en el Territorio de Venezuela del 29 de Junio de 1942,
http://www.acnur.org/biblioteca/pdf/0964.pdf , 19/05/2006, 9:15 am
10 Ley sobre Actividades de Extranjeros en el Territorio de Venezuela del 29 de Junio
de 1942, http://www.acnur.org/biblioteca/pdf/0964.pdf , 19/05/2006, 9:15 am
CIUDADANOS, INMIGRANTES Y EXTRANJEROS: PROCESOS DE INCLUSIÓN...
Perspectivas. Revista de Historia, Geografía, Arte y Cultura de la UNERMB
61
imagen xenofílica, una actitud de sobrevaloración por ser considerado de
algún modo “superior” en lo étnico, cultural y social
La xenolia, al igual que su contraparte la xenofobia, se di-
funde como imagen del extranjero, en forma general, a través
de los modelos de identicación presentados por los medios
masivos, y en particular, en determinados grupos o clases so-
ciales en función de mecanismos de imitación con el objeto
admirado.
En el primer caso, la seducción es generada por las cualidades
supuestamente intrínsecas de determinada etnia o nacionali-
dad. Las apelaciones a una inmigración europea y la promo-
ción indiscriminada a la misma durante nes del siglo XIX y
principios del XX respondían a un convencimiento sobre estas
cualidades (Mármora, 2004: 71).
Desde el siglo XIX, siempre se pretendió introducir en Venezuela in-
migrantes agricultores de origen europeo, representaban la inmigración
deseada por el Estado venezolano, para dar impulso a su programa de recu-
peración agrícola y poblamiento, debido a que ya se iniciaba la dislocación
de la economía agroexportadora a causa de la explotación petrolera, lo que
conllevó el éxodo campesino hacia las ciudades y campos petroleros. Estos
lineamientos legislativos deterministas y exclusivistas en función de atraer
una inmigración europea agricultora fue una constante en la política inmi-
gratoria del período gomecista entre 1909 a 1945, pero ¿qué tan atrayente
fue Venezuela y su política inmigratoria para esa deseada inmigración?
Españoles, italianos y portugueses, principalmente, son los europeos que
se van a volcar en masa hacia Latinoamérica, tanto por razones internas en
sus países, como por las guerras y las crisis que tuvieron lugar en Europa a
inicios del siglo XX. Latinoamérica se convirtió en un destino seguro, en
el sueño del progreso y la paz para estos pueblos latino parlantes. Desde
sus países de origen se teje todo un entramado o redes que se avocan a la
empresa de emigrar.
En el período comprendido de 1880 a 1930 se inicia el auge de la emi-
gración en masa de europeos hacia América, período durante el cual en
Europa se gestan importantes cambios políticos, económicos, sociales y cul-
ARÁMBULO, Angélica
Perspectivas. Revista de Historia, Geografía, Arte y Cultura de la UNERMB
62
turales, además del desarrollo de la primera conagración mundial entre
1914 -1918 y la gran crisis de 1930.
Durante el gomecismo llegaron inmigrantes al país que eran activistas
anarquistas y socialistas italianos, españoles y portugueses, inuyeron con
sus ideas y accionaron la fundación de asociaciones, sindicatos así como la
realización de huelgas para lograr reivindicaciones laborales. Con el desa-
rrollo de la industria petrolera en la década de 1920 se hizo numerosa la
clase obrera, llegada del exterior como técnicos u obreros especializados y
desde los campos o zonas rurales del país, ya que muchos campesinos se
trasladaron a las ciudades para insertarse a la industria del petróleo. Cuando
se lleva a cabo el Movimiento Estudiantil de la generación de 1928, los
obreros apoyan la causa a través de huelgas y a la muerte de Gómez salen a
luchar en contra de los defensores del gomecismo creando comités obreros
y populares así como guardias cívicas antigomecistas.
Muchos de los dirigentes de dichos movimientos y huelgas fueron apresa-
dos, exiliados o expulsados del país durante el gomecismo, haciendo uso de
la Ley de Extranjeros decretada en 1923 publicada la Revista de Derecho y
Legislación del año 1924 (A.H.Z. Año: 1928, Tomo II, Legajo N° 7) la cual
establecía como causales de expulsión la opinión o injerencia de los extranje-
ros en los asuntos internos del país y su participación en actividades políticas.
En el caso de los inmigrantes anarquistas y socialistas eran expulsados
por considerárseles personas no gratas y amenazas al orden público, tal
como lo señala la Ley de Admisión y Expulsión de Extranjeros decretada
el 21 de junio de 1918, publicada la Revista de Derecho y Legislación del
año 1924, cual en su artículo 1° establece la apertura de Venezuela a los
extranjeros de todas la naciones, no incluyendo en esa concesión según su
artículo 2° inciso 6° “Al extranjero que pertenezca a sociedades anarquistas
o que propague la destrucción violenta de los gobiernos o el asesinato de
funcionarios públicos” (A.H.Z. Año: 1928, Tomo II, Legajo N°7).
Pero los extranjeros que no cumplían con los requisitos de ley también
fueron un grueso de la inmigración recibida por Venezuela y más aún a
inicios del siglo XX, llegando ya sea por su cuenta atraídos por el sueño
del progreso, como obreros contratados de compañías e industrias que en-
laban su desarrollo o como aventureros que rápidamente ofrecieron sus
CIUDADANOS, INMIGRANTES Y EXTRANJEROS: PROCESOS DE INCLUSIÓN...
Perspectivas. Revista de Historia, Geografía, Arte y Cultura de la UNERMB
63
servicios en las casas, de buhoneros, pulperos, comerciantes, albañiles, me-
cánicos, plomeros o toderos. Insertándose al nuevo mercado laboral que se
abría paso en la Venezuela petrolera. En sí podría decirse que estos otros
extranjeros entre ellos caribeños, suramericanos, asiáticos y africanos, así
como europeos y estadounidenses venidos por su cuenta, conformaron la
masa humana que se insertó a las rentas del capital petrolero.
Para el gobierno de Gómez era de gran preocupación la creciente en-
trada al país de esos extranjeros, ya que en su empeño de controlar la di-
seminación de ideas subversivas o contrarias a su régimen dictatorial, tales
como las ideas de izquierda veía en la llegada de extranjeros una amenaza
latente al orden y la paz impuesta. Es por ello que insertan mayores con-
troles sobre esos colectivos “para hacer cada vez más efectivo el resguardo
social por medio de la identicación y estudio de todos los individuos de
nacionalidad extranjera”, tal como lo señala la circular número 2.004, en-
viada por Secretaría General del Estado Zulia, en su Sección Política, al Jefe
Civil del Distrito Maracaibo, el 3 de marzo de 1928, reriéndole que por
instrucciones del Ejecutivo Federal “En cada Jefatura Civil del Municipio
se abrirá un libro que se denominará “Registro de Pasaporte”, el cual será
debidamente foliado y se llevará por orden alfabético de apellidos…”, la
tarjeta comprobatoria de la vericación de su pasaporte podría ser exigida
por los Agentes de Policía a los extranjeros en la calle, siendo penado como
“infractor de una disposición gubernativa de orden público” aquel que no la
presentare. (A.H.Z., Memoria y Cuenta del estado Zulia, Año: 1928-1929.
Legajo: Inmigración, Folio: 37).
Para proceder al cumplimiento de estas disposiciones, el Jefe
Civil del Municipio noticará previamente por medio de avi-
sos a los extranjeros que se encuentren en su jurisdicción, la
fecha en que va a comenzar el Registro de Pasaportes y jará
un lapso de sesenta días para que éstos le sean presentados.
Los Jefes Civiles de Municipio o Comisarios de Caseríos don-
de existan campamentos petroleros, deberán acordarse con los
Superintendentes de las Compañías correspondientes, a n de
que la concurrencia de sus empleados extranjeros a la Jefatura
o Comisarías, a cumplir estas disposiciones, no ocasione tras-
torno alguno en los trabajos de aquellas (A.H.Z., Memoria y
ARÁMBULO, Angélica
Perspectivas. Revista de Historia, Geografía, Arte y Cultura de la UNERMB
64
Cuenta del estado Zulia, Año: 1928-1929. Legajo: Inmigra-
ción, Folio: 37).
Esto último permite inferir que la población extranjera en los campos
petroleros fue numerosa, comprobando que esta mano de obra excluida
de la política inmigratoria del estado venezolano y de la cual se tenía una
imagen xenofílica promovida desde las esferas de poder al catalogarla como
“indeseable”, “perjuidicial”, “nociva” a través de sus discursos, representó
la ola inmigratoria del capital petrolero. Una mano de obra barata, que se
insertó en la economía petrolera directa o indirectamente, ya sea trabajan-
do como obrera en los campos petroleros u ofreciendo servicios diversos
(como cocineros, sirvientes, niñeras y trabajadores de la economía informal
en lavanderías, sastrerías, restaurantes o comidas ambulantes, buhoneros,
entre otros) para la clase social emergente del petróleo. Diversos certicados
de trabajo, peticiones de pasaporte por parte de compañías y particulares
empleadores, lo conrman.
El 16 de marzo de 1929, el Departamento de Personal de la compañía
Lago Petroleum Corporation, ubicada en La Salina, en lo que actualmente
es el municipio Cabimas del estado Zulia, expidió a petición de la señorita
Violeta Gresves un certicado en el cual consta que “…es y ha sido em-
pleada en el Departamento de Lavandería de esta Empresa…ha observado
buena conducta”. En otra carta dirigida al Presidente del estado Zulia por
parte la compañía Juan E. Paris & Co importadores - exportadores, el 8 de
mayo de 1929, le hace constar que la señorita María Longa “es la niñera de
mi casa” y le hace la petición de que le expida un pasaporte para que pudiera
viajar a Caracas con escala en Curacao con “mi mujer e hijos”.
La Venzuela Gulf Oil Company ubicada en Maracaibo, el 4 de mayo
de 1929 certica que el señor Kenneth de Lamothe “ha sido empleado de
esta compañía como maestro plomero” a ocasión de un viaje a las Islas de
Trinidad “en busca de salud” que debía realizar dicho empleado, resaltando
que a su vuelta “tendremos su trabajo abierto para él”. El 5 de mayo de
1929 el ingeniero L.G. Grith, empleado en la Lago Petroleum Corpo-
ration, residente en Maracaibo, certicó que la “señorita Hillary Orgías
era su “sirvienta”. El 10 de mayo de 1929, la Lago Petroleum Corporation
certica que el señor Napoleón Francois, “…es empleado de esta compañía,
en el destino de chofer…” (A.H.Z. Año: 1929, Tomo: XIII, Legajo: 27, sin
CIUDADANOS, INMIGRANTES Y EXTRANJEROS: PROCESOS DE INCLUSIÓN...
Perspectivas. Revista de Historia, Geografía, Arte y Cultura de la UNERMB
65
folio). Numerosas son las certicaciones que hacen constar el empleo de
mano de obra extranjera (sobre todo de islas del Caribe) en las compañías
petroleras y comercios del estado Zulia, desempeñando diversas tareas u
ocios.
Estos extranjeros, establecidos en el país como empleados en el mercado
petrolero, presentan solicitudes al gobierno nacional por medio de sus em-
pleadores para traer a sus familiares, creando así redes de migración familiar,
en las cuales un miembro de la familia que ha emigrado sirve de receptor y
enlace para su familiar, en el país al que han o quieren emigrar.
El 1 de mayo de 1929 la Caribbean Petroleum Company certica que el
ingeniero de nacionalidad inglesa Booker Tennyson Wilson, es su empleado
y lo recomienda “…para que se le permita traer a su prima Waltina Foun-
tene, de 26 años de edad, que se encuentra en Trinidad”. El 23 de abril de
1929 la Venezuela Gulf Oil Company, certica que el señor Paul Busette,
es Carpintero en dicha compañía, pidiendo carta de referencia “para traer
su familia”.
El 20 de mayo de 1929 el señor H Pons (?) representando a la Caribbean
Petroleum Company le escribe al Presidente del estado Zulia, en dos ocasio-
nes, para recomendar al “…señor Elaine Maitland, natural de Granada…”
quien solicita permiso para traer “…a su hermano Cecil Maitland, igual-
mente de Granada” y para hacer constar que conoce y trata al señor Charles
Griti, el cual solicita permiso para traer “…a su primo Lorence Nimlett,
natural de Barbados, quien viene a trabajar en la compañía e Caribbean
Petroleum C.” (A.H.Z. Año: 1929, Tomo: XIII, Legajo: 27, sin folio).
En sí, las regulaciones impuestas en las leyes de inmigración y las órdenes
derivadas de ella, en cuanto a la prohibición de la entrada al país de “negros
y chinos”, al parecer se exibilizaban en función del interés y requerimien-
tos de mano de obra en las compañías petroleras; como lo conrman cer-
ticaciones de trabajo y peticiones especiales de las compañías petroleras al
gobierno del estado Zulia.
El 2 de mayo de 1929, la Venezuela Gulf Oil Company hace constar
que Egbert Sealy es su empleado “constructor de embarcaciones en nuestra
terminal de Bella Vista…Siendo su intención ir a su hogar en Trinidad por
un corto período de tiempo”. El 2 de noviembre de 1929 e Caribbean
ARÁMBULO, Angélica
Perspectivas. Revista de Historia, Geografía, Arte y Cultura de la UNERMB
66
Petroleum Company hace constar que el señor Juan Weiner, “de nacionali-
dad haitiana”, es su empleado. (A.H.Z. Tomo: XIII, Legajo: 27, sin folio).
El 14 de noviembre de 1929 Hoyt Sherman en representación de la Ve-
nezuela Gulf Oil Company dirigió una carta al Dr. J.M.Leonardi Villasmil,
Secretario General del Estado Zulia haciendo referencia a la contestación
de su solicitud de “…permisos especiales para el desembarque de emplea-
dos chinos de nuestros buques tanques en los puertos de la jurisdicción
del estado Zulia” le adjunta la nómina de tales empleados, en total son 57
extranjeros chinos destinados a “SS. Monagas, SS. Bolívar, SS. Acosta, SS.
Sucre, SS. Páez, SS. Caroní, SS. Creole Bueno, SS. Creole Lindo, SS. Para-
guaná, SS. Cabimas, SS. Zapara, SS. Toas, SS, Creole Jefe y SS. Urdaneta”.
(A.H.Z. Tomo: Año: 1929. Legajo: 22, sin folio).
En comunicación enviada el 23 de septiembre de 1923 (1929?) al Mi-
nisterio de Relaciones Interiores por la Presidencia del estado Zulia, a cargo
de Vincencio Pérez Soto, bajo el número 179, al referirse a la inmigración
de “negros” plantea en su discurso imágenes y categorías altamente discri-
minatorias y xenofóbicas.
… se está repletando este Estado con la indeseable inmigración
de tipos negros o de color, procedentes de las Antillas, dándose
ya el caso de que en esta ciudad hay barrios negros. Conforme
con la Ley de Inmigración que prohíbe aceptar como inmi-
grantes a “individuos que no sean de raza europea o insulares
del hemisferio Norte”, y estando por lo tanto los antillanos
de color incluidos en esta prohibición, desde que asumí este
Gobierno, interpretando las tendencias de defensa racial que
animan al Ilustre Jefe Rehabilitador, he venido obstaculizando
y negando el desembarco de estos elementos de característi-
cas inferiores y cuya ingersión en esta colectividad constituye
una lamentable regresión en nuestro núcleo étnico... (A.H.Z.,
Memoria y Cuenta del estado Zulia, Año: 1928-1929. Legajo:
Inmigración, Folio: 89).
Así mismo en fecha 23 de julio de 1930 en comunicación número 174,
al referirse a la prohibición de entrada al país de “negros y chinos” le infor-
ma “Debo signicar a esa Superioridad que este Gobierno ha extremado su
CIUDADANOS, INMIGRANTES Y EXTRANJEROS: PROCESOS DE INCLUSIÓN...
Perspectivas. Revista de Historia, Geografía, Arte y Cultura de la UNERMB
67
celo porque las disposiciones vigentes sobre esta inmigración indeseable,
tengan en todo el territorio del Estado el más estricto cumplimiento…”
(A.H.Z. Año: 1931, Tomo: Memoria y Cuenta de la Secretaría de Gobierno
del Estado Zulia, Legajo Inmigración y Emigración, Folio: 132).
Claramente se percibe el carácter y tono despectivo y prejuicioso que
este funcionario del Estado utiliza en la comunicación para referirse a los
extranjeros “negros y chinos “al catalogarlos como “inmigración indeseable
La matriz de opinión acerca de la inmigración de grupos étnicos de ori-
gen africano o asiático entre los funcionarios del gobierno gomecista fue en
todo momento excluyente, discriminatoria, de tintes racistas y claramente
positivista. En sus discursos se evidencia la percepción prejuiciosa que tie-
nen acerca de estos colectivos, la cual difunden en las diversas comunicacio-
nes, circulares, órdenes y regulaciones que intercambian desde las esferas de
poder que representan
Desde el Ministerio de Relaciones Interiores, Dirección Política, el 5 de
septiembre de 1929, en comunicación número 3.215 enviada al Presidente
del Estado Zulia se le reere sobre la inmigración china
Ha venido observando este Despacho que de cierta época a la
fecha viene en aumento progresivo una fuerte inmigración de
chinos al país, quienes tienen acaparado casi en su totalidad
el comercio de pulperías, botiquines y restaurantes, como os-
tensiblemente puede comprobarse en las principales ciudades
de la República; y como la venida de tales sujetos en tal alta
escala constituye un peligro, no solamente para el comercio,
sino para la sociedad, me encarga el Ciudadano Presidente de
la República, en uso de la facultad que le conere la atribución
22 del artículo 100 de la Constitución Nacional y de acuerdo
también con lo previsto en el inciso 2° del artículo 26 de la Ley
de Extranjeros, que a la vez concuerda con el ordinal 1° del pa-
rágrafo único del artículo 9° de la Ley de Inmigración, advertir
a usted que no permita el desembarco en los puertos de la ju-
risdicción de su mando, ni la entrada al país en cualquiera otra
forma, a individuos de nacionalidad china, aún cuando ma-
niesten estar naturalizados en otro país, como podrían com-
ARÁMBULO, Angélica
Perspectivas. Revista de Historia, Geografía, Arte y Cultura de la UNERMB
68
probarlo para evitar los efectos de la prohibición.-“ (A.H.Z.,
Memoria y Cuenta del estado Zulia, Año: 1928-1929. Legajo:
Inmigración, Folio: 88)
Para el gobierno gomecista la inmigración china representaba un “peligro
no sólo por su habilidad comercial sino por ser para ellos considerados infe-
riores en la escala evolutiva impuesta desde la visión positivista. Además ese
peligro para la sociedad” al que se reeren no sólo era un asunto étnico sino
que abarcaba el plano político- ideológico, ya que en China para la época se
venía gestando la inuencia de las ideas comunistas, siendo para el gobierno
de gran preocupación la introducción de dichas ideas, enemigas de su gestión.
La propagación de las ideas de izquierda consideradas por el gomecismo
como comunistas se hacía cada vez más evidente, sobre todo entre los traba-
jadores petroleros, a razón de la actividad sindical, la cual va a consolidarse
durante los gobiernos de Eleazar López Contreras e Isaías Medina Angarita.
A partir de 1936, la actividad de las fuerzas de la oposición
adquiriría particular intensidad en el frente sindical. Los di-
rigentes políticos que antes habían logrado establecer tenues
nexos con los trabajadores, naturalmente buscaron reforzarlos,
desde sus nuevas posiciones partidistas, después de la muerte
de Gómez. Por razones obvias, el estado Zulia y Caracas- el
primero, la sede de las mayores concentraciones de trabajado-
res industriales, y la segunda, el escenario en el que con mayor
intensidad desplegaban sus afanes las nuevas organizaciones
políticas- de inmediato se convertirían en los principales cen-
tros de la actividad sindical (Villalba, 2002: 26).
Durante el gobierno de Gómez se manejan noticias de la propaganda co-
munista en los campos petroleros y se hace especial énfasis en combatirla. En
comunicación enviada al Administrador de Aduanas en Maracaibo por parte
de la Presidencia del Estado Zulia, el 10 de abril de 1929, bajo el número
70, se informa la orden emitida por el Ministro de Hacienda de prohibir el
transporte de pasajeros en tanques petroleros y vapores de carga, debido al
incidente en el cual el peligroso comunista Yugo – eslavo Bela Szent Ivanyi
catalogado como elemento indeseable “…se introdujo a Maracaibo en el
vapor petrolero “Cassandra” y a quien localizó y detuvo la policía pocos días
CIUDADANOS, INMIGRANTES Y EXTRANJEROS: PROCESOS DE INCLUSIÓN...
Perspectivas. Revista de Historia, Geografía, Arte y Cultura de la UNERMB
69
después.” (A.H.Z., Memoria y Cuenta del estado Zulia, Año: 1928-1929.
Legajo: Inmigración, Folio: 109-110). El continuo tránsito de extranjeros
con ideas comunistas en el territorio nacional, representaba una amenaza
para la dictadura, es por ello que se vigila y controla su entrada estrictamente.
La opinión pública que desde el gobierno gomecista se incentiva ha-
cia los extranjeros o inmigrantes “indeseables”, “perjudiciales”, “enemigos”,
peligrosos” e “inferiores”, tiene como blanco esencialmente a los “negros
por su color, a los “chinos” por su condición étnica, cultural y su vincula-
ción al comunismo, a los sirios “buhoneros” por considerarlos perjudiciales
al comercio y a todo aquel extranjero sospechoso de ser comunista o de ser
perjudicial al progreso positivo del país.
También hubo opiniones contrarias a la inmigración. En artículo pu-
blicado en el Diario de Artes, letras, comercio e industrias “El Venezolano
número 4, de fecha 8 de mayo de 1932, que circulaba en Maracaibo estado
Zulia, titulado “Una Opinión” en la Sección Industrial, se puntualizaba
sobre la inmigración que
Existe una opinión un poco errónea en muchas personas que
creen que nos faltan brazos, que necesitamos una inmigración.
¿Cómo es posible sustentar tal opinión en esta época que bien
la podemos llamar de los desocupados? Hay que pensar que
esa creencia debemos desarraigarla de nuestra mente. Tenemos
brazos y brazos que pueden hacer mucho. La idea debe ser
que necesitamos traer brazos de experiencia en el ocio que
desempeñan, convengamos a ello. Esto es sumamente fácil,
pues las noticias cablegrácas nos dicen de los desastres del
hambre por la falta de trabajo en otras naciones y es cierto que
entre los desocupados hay entendidos en muchos ramos que
nosotros necesitamos explotar (A.H.Z. Año: 1932. Diario “El
Venezolano”. N°4, Folio: 7, Microlmado).
En cuanto a las imágenes positivistas que la opinión pública mantenía
sobre el blanco en función del resto de los grupos étnicos, en artículo pu-
blicado en el Diario “El Venezolano” fechado el 8 de mayo de 1932, en su
Sección Recreativa titulado ¿Cuántas son las variedades de la Raza Huma-
na?, describe a la “Raza blanca o caucasiana” como la “raza que tiene las fac-
ARÁMBULO, Angélica
Perspectivas. Revista de Historia, Geografía, Arte y Cultura de la UNERMB
70
ciones mejor proporcionadas, ha dado origen a los pueblos más civilizados
y que generalmente han dominado a los otros.” Mientras que al referirse a
la “Raza negra o etiópica” expone que “Lo más importante de esta raza, y lo
que le ha dado su nombre, es el color negro y lustroso de la piel” y agrega
“Esta raza ha permanecido siempre en estado de barbarie…” (A.H.Z. Año:
1932, Diario “El Venezolano”, N°4, Folio: 8. Microlmado).
En sí en el artículo se describen cinco “Razas” divididas así por la “in-
uencia del clima, la civilización, los usos y costumbres”: la “Raza blanca o
caucasiana”, “Raza Mongólica”, “Raza Malaya”, “Raza negra o etiópica” y
“Raza americana”. Haciendo categóricas diferencias entre la “Raza blanca
a la cual vincula a la civilización y la “Raza negra” vinculada a la barbarie;
mientras que al resto de las “Razas” sólo las describe sionómicamente.
En otro artículo publicado el sábado 31 de diciembre de 1921 por el
Diario de Interés General “Zulia”, en Maracaibo estado Zulia, titulado “Los
Negros deben desteñirse” escrito en Madrid por Julio Camba, se plantea en
referencia a la realización de congresos Pan-negro en las ciudades de Lon-
dres, Bruselas y París.
¡ El pan- negro de la emigración que dirían nuestros padres!.
Pero todos estos Congresos que los negros andan hoy celebran-
do por el mundo, a mí me parecen totalmente inútiles. A la
larga, cuando los negros hayan logrado situarse en un plano de
perfecta igualdad con los blancos y no exista ningún prejuicio
que los separe de nosotros, empezarán todos ellos a blanquear
rápidamente y en el transcurso de tres o cuatro generaciones,
hasta es posible que unos salgan rubios. El matrimonio con
blancas, en efecto sino rebaja precisamente de color a los ne-
gros que lo contraen rebaja a sus descendientes (A.H.Z. Año:
1921, Diario “Zulia”, N°43 Microlmado).
En cuanto a los derechos de igualdad por los que luchaban los
negros planteaba:
Un químico solicitaba negros para hacer con ellos experiencias
de decoloración ¿Respondió alguno al llamamiento? ¿Obtu-
vieron éxito los ensayos del sabio? Ignoro en absoluto lo ocu-
rrido; pero aquel asunto me dio la solución de la cuestión ne-
CIUDADANOS, INMIGRANTES Y EXTRANJEROS: PROCESOS DE INCLUSIÓN...
Perspectivas. Revista de Historia, Geografía, Arte y Cultura de la UNERMB
71
gra. Esta solución consiste, no en ir emancipando a los negros
política y moralmente hasta desteñirlos a n de emanciparlos.
Se crearían laboratorios con dos enormes puertas opuestas. Por
una puerta entrarían nuestros hombres, negros y oprimidos,
por la otra saldrían blancos y libertados. En el interior se les
mostraría a las reacciones químicas necesarias para quitarles
el color y darles los derechos políticos. Y en unos depósitos a
propósito, como sobreproducto de la complicada elaboración,
quedaría el tinte a disposición de la industria y del comercio.
Esta es la única solución práctica, cientíca y conveniente para
todos del problema, y lo demás es perder el tiempo (A.H.Z.
Año: 1921, Diario “Zulia”, N°43).
Es evidente la inuencia positivista en la visión excluyente, determinista
e incluso racista que plantea este artículo al plantear como solución al pro-
blema de las conquistas libertarias e igualitarias de los colectivos de origen
africanos su blanqueamiento o como categóricamente lo planteó el escritor
su “desteñir”. En la parte nal de su artículo arma “Si los negros quieren
igualarse a los blancos, tienen que dejar de ser negros” (A.H.Z. Año: 1921,
Diario “Zulia”, N°43).
En cuanto a los” turcos y chinos” en artículo publicado en el Diario “El
Venezolano” de fecha 15 de mayo de 1932, titulado “A Dios Rogando…”
satirizando contra los abusos de vendedores ambulantes y mendigos resalta
Los turcos no se me quedaron en el tintero, por vida mía. Va-
rones y hembras son más necios que moscas en días de lluvia o
que pelos retorcidos en las ventanas de la nariz. Las hembras,
prevalidas del sexo, se sientan a conversar, piden de beber, se
chancean con los de la casa y traban muy pronto amistad ínti-
ma. De igual modo proceden los lavanderos chinos; más deje-
mos esta pobre gente, venida de luengas (?) tierras a sortearnos
los bolívares… (A.H.Z. Año: 1932, Diario “El Venezolano”,
N°5, Folio: 10).
En sí la cotidianidad de la época reejada en este artículo, permite inferir
que la matriz de opinión hacia el extranjero venido a insertarse al mercado
laboral incentivado por el petróleo fue en el fondo negativa, ya que relacio-
ARÁMBULO, Angélica
Perspectivas. Revista de Historia, Geografía, Arte y Cultura de la UNERMB
72
naba a estos colectivos con el abuso, la impertinencia y el oportunismo. Una
cotidianidad que es vertiginosamente transformada al ritmo del desarrollo
que genera la actividad petrolera.
Consideraciones nales
Analizando la legislación y políticas inmigratorias asumidas por el estado
venezolano durante el gomecismo, a través del desarrollo del programa po-
sitivista, así como las manifestaciones de los intelectuales, políticos y perso-
nalidades de la época, artículos de prensa, los cuales representan parte de la
opinión pública, se puede determinar que durante el gomecismo imperaron
rasgos o imágenes xenofílicas y xenofóbicas, en relación a inmigrantes euro-
peos y extranjeros de origen africano o asiático, respectivamente, imágenes
relacionadas a las ideas positivistas que inuyeron en el contexto histórico
gomecista. En sí, esta investigación se justica en el hecho de que con ella se
pretenden sentar las bases para el reconocimiento de la sociedad venezolana
como un conglomerado social en el que convergen y conviven, desde sus
orígenes como nación, un mosaico importante de aportes etno-culturales
que le dan un carácter mestizo, propio y único a su potencial humano.
Referencias
Bibliográcas
ABREU DE XAVIER, Antonio (2007). Con Portugal en la maleta. Caracas
–Venezuela. Colección Trópicos N°72. Editorial Alfa.
ÁLVAREZ DE FLORES, Raquel y Dyanna M. Ruíz U. (2008:115-147).
En: SANTANA, Adalberto (coordinador). Venezuela: Política y
Migración. Centro de Investigaciones sobre América latina y el
Caribe. Universidad Autónoma de México.
ARÓSTEGUI, Julio (2001). La investigación histórica: teoría y método.
Barcelona – España. Editorial Crítica.
LANDOWSKI, Eric (2007). Presencias del otro. Ensayos de sociosemiótica.
Bilbao: Universidad del País Vasco.
MÁRMORA, Lelio (2004). Las políticas de migraciones internacionales.
Buenos Aires, Argentina. Editorial Paidós.
CIUDADANOS, INMIGRANTES Y EXTRANJEROS: PROCESOS DE INCLUSIÓN...
Perspectivas. Revista de Historia, Geografía, Arte y Cultura de la UNERMB
73
MONTERO, Maritza (1991). Ideología, alienación e identidad nacional.
Una aproximación psicosocial al ser venezolano. (3ra. Edición). Cara-
cas: Universidad Central de Venezuela.
SUZZARINI, Manuel (1997). Notas sobre Identidad Regional en el Zulia.
En: VALBUENA, Carlos y PARRA, Jesús (Compilador). Identidad
Regional. Maracaibo: Secretaría de Cultura del Estado Zulia.
TINOCO GUERRA, Antonio (2007). La idea del progreso en el pensamien-
to positivista venezolano. Siglos XIX y XX. Maracaibo: Universidad del
Zulia. Colección textos universitarios.
URBANEJA, Diego (1992). Pueblo y petróleo en la política venezolana del
siglo XX. Caracas: Monte Ávila Editores Latinoamericana.
VILLALBA, Donato (2002). Persistencia del paternalismo: Estado y Sindi-
catos en Venezuela 1936-1948. Caracas: Ediciones FACES-UCV.
WOLFF, Jonathan (2001). Filosofía política. Una introducción. Barcelona –
España: Ariel.
Hemerográcas
Diario de interés general “Zulia” (1921). Número 43 en: A.H.Z. (Micro-
lmado)
REVISTA DE DERECHO Y LEGISLACIÓN (1924) en: A.H.Z. Año:
1928, Tomo II, Legajo N° 7
Diario de artes, letras, comercio e industrias “El venezolano” (1932). Nú-
mero 4 – 5 en: A.H.Z. (Microlmado)
Documentales
Archivo General de la Nación (A.G.N.):
Recopilación de Leyes y Decretos de Venezuela. Año: 1912. Tomo: XXXV
Archivo Histórico del Zulia (A.H.Z):
Sección de Memoria y Cuenta de la Secretaría General de Gobierno del
estado Zulia: tomos correspondientes a los años 1928-1929,1.930,
1931 y 1.933
ARÁMBULO, Angélica
Perspectivas. Revista de Historia, Geografía, Arte y Cultura de la UNERMB
74
Recopilación de Leyes y Decretos de Venezuela. Años: 1913,1918 y 1923.
Tomos: XXV, XXXVI, XLI y XLVI
Año: 1929. Tomo: II y XIII
Electrónicas
Ley de extranjeros. Año: 1937, http://www.acnur.org/biblioteca/
pdf/0080.pdf
Ley sobre actividades de extranjeros en el territorio de venezuela del 29
de Junio de 1942, http://www.acnur.org/biblioteca/pdf/0964.pdf
, 19/05/2006, 9:15 am