Perspectivas: Revista de Historia, Geografía, Arte y Cultura
Año 4 N° 8/ Julio-Diciembre 2016, pp. 76-86
Universidad Nacional Experimental Rafael María Baralt
ISSN: 2343-6271
*Odontologa. Supervisora Agregada del Cuerpo de Policía del Estado Zulia.
**Abogada. Supervisora Agregada del Cuerpo de Policía del Estado Zulia.
***Licda. En Educación, Mención Integral.
Recibido: 20/03/2016
Aceptado: 30/04/2016
Prevención como mecanismo de
participacn ciudadana en Venezuela. Caso:
Maracaibo-Venezuela
Mery RIZO*, Yolimar VILLALOBOS**, Karina GUERRA***
Cuerpo de Policía Bolivariana del Estado Zulia (CPBEZ)
meryluzrizo@gmail.com, yolimarvillalobos@homail.com, karinaguerrra41@gmail.com
Resumen
La presente investigación tiene como objetivo analizar la prevención como mecanismo
de participación ciudadana en Venezuela, la cual se enmarca en la nueva ciudadanía pro-
tagónica permitida por la Constitución de la República Bolivariana de 1999; arrojando
reexiones sobre la praxis ciudadana de participar en las políticas públicas desplegada
por el Estado venezolano con el interés de darle respuestas positivas a las necesidades
sentidas de los ciudadanos. Se revisaron fuentes primarias y secundarias de carácter docu-
mental (libros, Constitución Nacional y leyes orgánicas) y electrónicas, las cuales fueron
sometidas a un análisis de contenido hermenéutico.
Palabras Clave: Prevención, Participación, Ciudadanía.
Prevention as a Mechanism of Citizen Participation in Venezuela. Case:
Maracaibo-Venezuela
Abstract
This research aims to analyze the mechanism of prevention and citizen participa-
tion in Venezuela, which is part of the new citizenship protagonist permitted by the
Constitution of 1999, throwing reections on the practice of citizen participation in
public policies deployed by the State Venezuelan interest to give positive responses
to the perceived needs of the citizens. We reviewed primary sources (Constitution
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organic laws) and secondary documentary and electronic character, which were
subjected to a hermeneutic content analysis.
Keywords: Prevention, Participation, Citizenship.
Introducción
La participación ciudadana es una actividad humana objetiva y subjetiva
de transformación de la realidad social y de fortalecimiento de un colectivo
determinado, es decir, la participación es una praxis ejecutada en una dimen-
sión especíca de la vida social; donde hay una unidad dialéctica entre el as-
pecto subjetivo o conciencia política, en una interrelación necesaria que se da
entre la constitución del sujeto colectivo y la transformación socio-política.
Esta praxis incide en una de las áreas más neurálgica de toda sociedad como
lo es la seguridad y los derechos humanos, que actualmente es uno de los temas
y realidad más apremiante en Latinoamérica, especícamente en Venezuela
donde los índices de inseguridad se han disparado exponencialmente afectan-
do la calidad de vida de los venezolanos en estas últimas décadas.
La situación descrita ha impulsado al gobierno nacional, ejecutar un nue-
vo modelo policial, resultante de una reforma, la cual diagnostico lo inope-
rante e inefectivo del modelo policial tradicional, que se venía desarrollando.
Claro está, el nuevo modelo policial está centrado en una base cientíco-so-
cial de carácter antropológico, sociológico e histórico, que aborda el delito a
través de dos variables sistemática como son: la prevención y el acompaña-
miento de los cuerpos de seguridad con las comunidades como fuentes de
soluciones conjunta ante los diversos problemas de inseguridad, que van más
allá de delitos y abarcan las necesidades sentidas de las comunidades (alimen-
tación, salud, viviendas entre otras).
Actualmente, en Venezuela ha comenzado el desenvolvimiento de una
nueva ciudadanía, que está siendo posible un estado de derecho centrado en
el marco del respeto a los derechos humanos que ha dignicado al ciudadano
común.
1. La ciudadanía en Venezuela
Es necesario hablar un antes y un después de 1999. Desde 1958 hasta
1999, la ciudadanía en Venezuela estaba circunscrita al aspecto representa-
tivo, donde en cada período electoral era el momento donde el ciudadano
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expresaba a través del voto su rechazo o aceptación; para, luego, existir un
vacío entre las políticas públicas del gobierno de turno y el ciudadano.
Esto fue originando un malestar social que comienza a emerger en la dé-
cadas de 1980, que dio paso en 1984 a conformación la Comisión de la Re-
forma del Estado (COPRE) impulsada por el gobierno de Jaime Lusinchi;
arrojando un diagnóstico crítico, al cual no se le dio respuesta:
Se observa para la década de los años ochenta, un proceso deslegi-
timador, es decir, el rechazo por parte de la ciudadanía y sectores
organizados de un Estado incapaz de dar soluciones a gran canti-
dad de demandas (COPRE, 1988: 234).
Posteriormente, se dan los hechos llamado el Caracazo los días 27-28
(1989), donde la gente salió a la calle a expresar el hambre, malestar y des-
conanza a los diversos gobiernos de turno: el 27 de febrero de 1989, a las
seis de la mañana, reventara en Guarenas la indignación empozada de los
venezolanos...y la decisión de movilizarse contra los explotadores (Álvarez,
2012: 16).
Indudablemente este escenario descrito, incidió que el gobierno de turno
(Carlos Andrés Pérez) diera paso al proceso de descentralización política-
económica de las regiones; más por temor a las presiones sociales, que el con-
vencimiento y madurez política experimentadas en la dirección de la vida
política-social-económica del país. Se dio paso entonces por primera vez la
elección de gobernadores y alcaldes en todo el territorio nacional, anterior-
mente nombrados directamente por el gobierno central de turno: “el proceso
de descentralización político territorial que inicio a nes de los ochenta en
Venezuela (1989), en particular las gobernaciones, instancias sub-nacio-
nales de dirección estatal…anteriormente en poder del gobierno nacional”
(Ochoa y otros, 2000:290).
Pues bien, se inicia de esta forma la descentralización en Venezuela, la cual
le siguieron dos intentonas golpistas (4 de febrero de 1992 y la del 27 de
noviembre del mismo año), quizás como muestra que no se asumieron los
correctivos de la Copre, que dejo ver en su diagnóstico profundo las nue-
vas exigencias y demanda del venezolano, más la suma de exigencias sociales
(seguridad, pensiones, viviendas entre otras) y la corrupción galopante en el
país:
Después de la sangrienta represión en el año 1989 ocurrida duran-
te los días 28 de febrero…se produjo una cierta desmoralización
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en el país…la moral popular empezó a recuperarse poco a poco,
comenzando por las manifestaciones de los ancianos quienes re-
clamaban una pensión digna…amas de casa se movilizaron para
pedir agua y el cese de la violencia policial; ya la prensa registraba
miles de casos de corrupción… En estas condiciones se produjo el
alzamiento patriótico del 4 de febrero de 1992.Asi el 4F fue la con-
secuencia lógica de este estado de cosas (Ramírez, 2012: 32-33).
Siete años después llega al poder Hugo Chávez Frías (con una imagen re-
frescante y distinta) al poder por la vía electoral-democrática con la promesa
de realizar una Constituyente, que dio como resultado una nueva Constitu-
ción Nacional:
La candidatura debe encarnar a una gura lo sucientemente caris-
mática y prestigiosa que, junto a un sólido y prestigioso equipo de
trabajo, equipo dirigente capaz de asumir la conducción del país
,transmitan una imagen fresca ,nueva .conable…quien deberá ser
el candidato presidencial(…) el nombre de un líder para impulsar
un frente político que aglutine y cohesione todas las fuerzas…para
asentar las bases de un nuevo poder … Constituyente en la cual se
discuta…una nueva constitución sino un nuevo modelo de estado,
de régimen político, que para mí es de democracia directa, partici-
pativa y popular, y de modelo social nuevo (Gómez, 2012:91-95).
A partir de 1999, con la nueva Constitución Bolivariana de Venezuela, se
inicia una nueva forma de participar en los asuntos políticos-sociales y políti-
cas públicas. Donde el ciudadano común de forma individual u organizado no
solo opina, sino que forma parte de las respuestas, de allí nace una instancia
participativa llamada Consejos Comunales en el 2006 acompañada de una ley
ordinaria llamada Ley de los Consejos Comunales, pero que no fue suciente
ante las exigencias de la gente y tres años después a través de la Asamblea Na-
cional se introduce un anteproyecto de ley para darle carácter orgánico (2009):
En el 2006 entró en vigencia la Ley de los Consejos Comunales,
que determinó que los mismos ya no formarían parte de los CLPP
sino tendrían una relación directa con el gobierno nacional, que
de hecho creó un ministerio encargado de promover, registrar, y
nanciar a los CC. En los años siguientes, se aclaró que los CC
podían recibir recursos de los gobiernos municipales y estadales,
además de gestionar recursos por sus propios medios. En el 2009,
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después de varios meses de discusión al interior de los CC y entre
estos y los diputados de la Asamblea Nacional, una nueva Ley Or-
gánica de los Consejos Comunales fue aprobada con el n desme-
jorar su diseño (Goldfrank, 2011:43).
Este Impulso legal, aprovechado en su máxima expresión por las comu-
nidades para organizarse y formar parte de las soluciones de las necesidades
sentidas que los aquejan; no solo se conforma con opinar, el ciudadano ve-
nezolano aporta su fuerza de trabajo y creatividad para formar parte de las
políticas públicas que alcancen transformaciones sociales e impacten en su
vecindario (Colina,2014).
A este escenario, no escapa el área de seguridad, que a través del nuevo
modelo policial busca desarrollar la prevención como mecanismo de respeto
a los derechos humanos e integración del ciudadano.
2. Derechos humanos, seguridad y participación de las comuni-
dades
Desde la declaración de los derechos humanos en la Revolución France-
sa en 1789, se instituyó que el Estado no podía desconocer los derechos y
libertades de los ciudadanos; planteándose un límite claro a la función de la
autoridad. La seguridad es inherente a la existencia humana, porque implica
ser capaz de responder a las situaciones que pongan en peligro la vida y la
integridad del presente y futuro de los ciudadanos.
Parte de la historia de la humanidad está orientada a dar respuesta a la
seguridad, ya sea de forma individual o colectiva, incluida la propia organiza-
ción social y política expresada en los Estados-Nación. Por tal motivo, toda
sociedad estatal requiere un orden para que la convivencia entre sus miem-
bros pueda desarrollarse (Colina, 2014).
La historia contemporánea de las democracias y su construcción en los
países latinoamericanos, enfrentaron constantemente desafíos, provenientes
del pasado autoritario que vivieron, los cuales frenaron el desenvolvimiento
en su momento de las libertades ciudadanas y el desarrollo de las institucio-
nes democráticas. Una vez superado dicha coyuntura violenta, el objetivo ha
sido encontrar un escenario donde se respeten las leyes y que su aplicación
este dentro de un orden o marco de respeto a los derechos humanos.
Pero en una democracia ese orden es democrático y necesita también de
unos niveles de seguridad. Ahora bien, la seguridad está en relación con las
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amenazas que pongan en riesgo la vida en sociedad y esto es directamente
proporcional a la vulnerabilidad que la misma tenga:
La prioridad en las sociedades modernas debe apuntar a lograr una
resolución pacíca de los conictos, en sus diversas dimensiones:
ciudadana, pública y nacional. La seguridad ciudadana… están
íntimamente relacionadas con lograr que el trámite de conictos
en la vida cotidiana estén mediados por prácticas no violentas, ya
sea por mecanismos judiciales o extrajudiciales, pero legitimados
socialmente (Vargas, 2010:18).
Actualmente, hay un claro desafío para América Latina, especícamente
para Venezuela la función policial, que debe estar sometida a normas jurídi-
cas claras y precisas, para evitar la arbitrariedad tendiente al desconocimiento
de los derechos y libertades de los ciudadanos. Este postulado está claramente
denido en la Constitución Nacional en el artículo N-19:“El Estado garanti-
zará a toda persona ,conforme al principio de progresividad y sin discrimina-
ción alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente
de los derechos humanos.
Por otro lado, dentro de los principios de la Ley Orgánica del Servicio
de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional, está el respeto a los mismos
derechos arriba mencionados en el articulado N- 12:”Los cuerpos de policía
actuaran con estricto apego a los derechos humanos consagrados en la Cons-
titución de la República.
El servicio de policía en Venezuela está constituido por un conjunto de nor-
mas de carácter nacional, estatal y municipal que regulan, por una parte, la
función del Estado, orientada a asegurar su existencia en el orden inter-
no y a proteger la integridad de las personas, con el n de evitar el abuso de la
libertad en perjuicio de la colectividad y del ejercicio de los derechos de todos,
de esta denición moderna de policía se extrae el concepto de prevención, que
envuelve el derecho del Estado venezolano al actuar sin intervención o cons-
treñimiento de ninguna autoridad; es decir bajo la óptica de la intervención
preventiva de las autoridades en ejercicio de las libertades públicas, como una
excepción al régimen de las libertades individuales (Ley Orgánica del Servicio
de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional, articulo 2-3).
En este proceso de derechos humanos, seguridad y participación de las
comunidades ha sido la historia de la seguridad, y una de las principales preo-
cupaciones del Estado. Para el efecto, los diferentes Estados han creado leyes
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e instituciones que tienen como función, mantener el orden público y ase-
gurar la convivencia social. En el caso de los cuerpos policiales, estos tienen
su origen en la protección y garantía de la vida, la seguridad y bienes de los
ciudadanos (Colina, 2014).
4. La prevención como mecanismo de participación ciudadana
en Venezuela
La prevención se aplica a todos los ámbitos de la vida; implica anteponer-
se o adelantarse a posibles circunstancias que pueda ser solventada o por lo
menos consideradas, para optar a las herramientas o condiciones, para que a
su paso no ocasionen mayores problemas.
En el caso venezolano la prevención es desplegada por el nuevo modelo
policial humanista transformador, que orienta su desempeño a conocer y res-
ponder satisfactoriamente las posibles condiciones de vulnerabilidad, ame-
nazas y riesgo de las comunidades junto a ellas:
Transformar radicalmente…es que las comunidades exijan el derecho
de contar con una policía humanista, próxima, respetuosa de los dere-
chos humanos, capaz de usar la fuerza con moderación y ajustado a la
necesidad y según lo indica la legalidad… apegados a la Constitución
y demás leyes de la RepúblicaUn modelo de policía esencialmente
preventivo, cercano a la comunidad…cuya actuación es respetuosa de
los derechos fundamentales (Consejo General, 2010:8).
Cuando se habla de prevención, salta rápidamente la gura de las Poli-
cías Comunitarias-democrática, las cuales atienden las demandas, intereses y
necesidades de la población. Basan su desempeño bajo la óptica de la promo-
ción y respeto del marco legal vigente y los derechos humanos; adecuándose a
las necesidades de cada sector; sin trastocar necesariamente los valores funda-
mentales, desarrollados desde la visión Constitutiva del Estado de bienestar
y máxima felicidad; permitiendo así la localidad de la seguridad de acuerdo a
las distintas necesidades de las comunidades:
La actual Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Po-
licía Nacional Bolivariana contempla el Servicio de Policía Comu-
nal como parte de las actividades a desarrollar por la Policía Nacio-
nal Bolivariana y las policías estadales y municipales… Se dene el
Servicio de Policía Comunal como un servicio permanente…
predominantemente preventivo, de proximidad, comprometido
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con el respeto de los valores, la identidad y la cultura propia de
cada comunidad, caracterizado por su proximidad, es decir, por-
que presta servicio en un sector o comunidad determinada, en un
territorio circunscrito; por trabajar junto con la comunidad y sus
organizaciones sociales, manteniendo comunicación e interacción
permanente con todos los habitantes y por dirigir su acción tanto
a los problemas de inseguridad como a los factores y causas que los
provocan (Consejo general de Policía, 2010:17).
El servicio de policía preventivo, lejos de orientar su desempeño en fun-
ción de la sospecha, la contención y la represión del delito, busca disminuir
su incidencia, mediante estrategias orientadas a mejorar las relaciones socia-
les de la comunidad; mediando para el establecimiento de normas mínimas
de convivencia ,inclusión y participación activa de los vecinos; procurando
alianzas estratégicas con grupos comunitarios (Consejos Comunales),que
pudiesen aportar soluciones mínimas a condiciones de vulnerabilidad dentro
de la población o a mejorar las capacidades para enfrentar un riesgo: ”la co-
munidad tiene el derecho a ser consultada y participar de las decisiones sobre
las prioridades de las instituciones relacionadas con la seguridad ciudadana
(Consejo General de Policía,2010:17).
La prevención busca la disminución del delito y su incidencia en la comu-
nidad, mediante la ejecución de mejores prácticas policiales y sociales dentro
de la misma. Pues bien, la prevención es una capacidad acción implícita del
servicio policial venezolano, de prevenir o enfrentar una alteración súbita de
la paz y la tranquilidad, ocasionada por la manifestación de un hecho de-
lictivo, siendo su obligación contenerlo, para que no trascienda a mayores
proporciones, haciendo uso de la racionalidad de convivencia, el acompaña-
miento de las comunidades y el debido uso del recurso de la fuerza y el res-
peto al debido proceso.
En el Estado venezolano, la prevención se deja ver y se ejecuta a través de
instrumentos legales como los ya mencionados y otros como son la Ley
Orgánica para la Protección de Niños y Niñas y Adolescentes, como lo típica
en el artículo 620-621 (amonestación, libertad asistida y trabajo comunita-
rios entre otros).
Hablar de prevención en Venezuela es referirse necesariamente al bino-
mio policía-comunidad, ya que es una obligación estrictamente apegada al
estado venezolano (Constitución Nacional ,articulo N-3-55) , pero que a
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partir de la Constitución del 1999 y otras leyes orgánicas, se le ha dado par-
ticipación directa a las comunidades organizadas y no organizadas ,así como
de forma individual.
La vieja concepción de seguridad ha sido superada (de seguridad saben los
policías), ahora la nueva concepción de seguridad es que todos sabemos más o
menos, debido a que todos formamos parte de la solución(Ley Orgánica del ser-
vicio de policía y del Cuerpo de Policía Nacional, en sus artículos 78-79-81).
Por lo tanto, la prevención debe convertirse en un pilar fundamental don-
de las comunidades deben expresar sus ideas y proyectos, que terminen for-
mando parte de una fuente y red de información, que alimente los diversos
planes de seguridad ciudadanas de los cuerpos de seguridad del Estado vene-
zolano, que haga posible evitar y detener de manera efectiva los delitos que
aquejan a nuestra sociedad:
Es importante recordar que siempre se escucha el relato de alguien
que tiene una mirada, unos intereses, una forma de comprender al
mundo. Aun cuando hable de algo que para él o ella está dotado de
absoluta veracidad, siempre reportará la realidad (Consejo Gene-
ral de Policía, 2010:4).
Indudablemente, se está ante la reconstrucción de una nueva subjetividad que
requiere estar enmarcadas en instrumentos legales (leyes, decretos y ordenanzas
entre otros) que originen nuevos escenario donde el ciudadano venezolano,
pueda desenvolverse en una gobernabilidad acorde a los nuevos tiempos.
A modo de conclusión
Se está ante un escenario de ejecución de una nueva ciudadanía que está
directamente relacionado con las nuevas políticas de seguridad del Estado
venezolano; enmarcadas en un nuevo modelo policial que abre el compás po-
lítico de una gobernabilidad de carácter democrática-participativa, donde el
ciudadano es el actor social-central de las acciones de autoridad que imparte
el Estado venezolano. Es decir, una gobernabilidad sobre las policías en su
naturaleza, mecanismos y sus objetos, de modo tal de responder satisfacto-
riamente a las demandas de los ciudadanos.
Claro está, con el propósito rme de acabar con la impunidad, pero sin
violación de los derechos humanos, y respetando la dignidad del ser humano,
independientemente de su accionar.
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En síntesis, enmarcado en un servicio de policía que evite comportamien-
tos anomicos, que afectan a la sociedad, así como la atención pertinente del
ciudadano de bien ante cualquier eventualidad que vulnere su integridad fí-
sica como sus bienes. Se busca, con las nuevas políticas públicas de seguridad
ciudadana, que el ciudadano participe antes los problemas de inseguridad, lo
cual lo convierte en protagonista de la praxis policial al momento de ejecutar
planes de acción, y a su vez sea contralor de las funciones que realizan los
cuerpos de seguridad, con el n de evitar malas prácticas policiales que tanto
daño han hecho a la credibilidad de estos ante la opinión pública.
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