Perspectivas: Revista de Historia, Geografía, Arte y Cultura
Año 5 N° 10/ Julio-Diciembre 2017, pp. 87-98
Universidad Nacional Experimental Rafael María Baralt
ISSN: 2343-6271
* Magister Sientiarium en Geografía Mención: Docencia, en la Universidad del Zulia. Lic. en Educción, Men-
ción: Ciencias Sociales, Área Geografía; actualmente curso estudios de Doctorado en Ciencias Políticas en
la Universidad del Zulia. Profesora Agregada de la Universidad del Zulia. Adscrita al Departamento de Geo-
grafía. Investigadora activa del Centro de Estudios Geográficos de la Facultad de Humanidades y Educación.
Recibido: 25/01/2017
Aceptado: 15/04/2017
Aspectos jurídicos del marco político
turístico aplicados en México y Venezuela
Vivian GIL*
Universidad del Zulia
Centro de Estudios Geográcos
Facultad De Humanidades y Educación. Escuela de Educación
Resumen
El propósito de la investigación es comparar los aspectos jurídicos del marco político turístico apli-
cado en México y Venezuela, con el n de establecer similudes y diferencias en ambas políticas
turísticas. Se utilizaron autores como López (2008), Arcaya (2014) y Carrillo (2009) Villa y García
(2015), Noya (2014) entre otros, para establecer la evolución legislativa del turismo en los casos
mencionados, así como la realidad turística de ambos países. Se concluyó que la política turística de
México es promotora de la empresa privada a razón que está vinculada a un paradigma de política
económica, mientras que en el caso de Venezuela la política busca la regulación de la actividad tu-
rística en pro de la gura del Estado como principal promotor del turismo, como una industria sino
como un proceso social que debe beneciar a toda la colectividad en su desarrollo diario.
Palabras claves: Turismo, Derecho turístico, Política turística.
Legal Aspects of Tourism Policy Ambit Applied in Mexico and Venezuela.
Geographical Studies Center
Abstract
e purpose of this research is to compare the legal aspects of tourism policy framework applied in
Mexico and Venezuela, in order to nd similarities and dierences in both tourism policies in such
cases. authors like Lopez (2008), Arcaya (2014) and Carrillo (2009) were used to establish the
legislative development of tourism in these cases as well as the tourist reality show both countries.
It was concluded that tourism policy in Mexico is a promoter of private enterprise at a rate that is
linked to a paradigm of economic policy, while in the case of Venezuela the policy seeks the regula-
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tion of tourism towards the gure of the State as main promoter of tourism as an industry but as a
social process that should benet the whole community in their daily development.
Keywords: Tourism, tourism law, tourism policy.
Introducción
Toda gerencia social abarca tres fases o niveles de manejo de demandas colec-
tivas, a saber el nivel macro de la gerencia donde se hallan las políticas o estrategias
públicas, el nivel meso o intermedio, donde se toman decisiones de valor colecti-
vo pero focalizados a determinadas áreas, y el nivel micro, donde las resoluciones
a las demandas son de tipo especíco para un solo punto o demanda.
El aspecto turístico se circunscribe en el nivel macro de la gerencia social
que ejerce un estado, en cuanto a la administración de recursos naturales. En
el presente artículo se abordara las vías de ejercicio de los aspectos jurídicos
en el derecho turístico, el marco de la política turística y los cuerpos legales
con los cuentan los países de México y Venezuela para la regulación de la
materia turística.
Fundamentación teórica
El derecho turístico. Conceptos, deniciones y realidades en Venezuela y México
El turismo puede denirse como una actividad económica integrada por
aquellos servicios prestados a las personas en sus desplazamientos y estancias
fuera de los lugares en que residen habitualmente, por lo normal por el placer
de conocer otros países, otras costumbres u otras culturas. Cualquier aproxi-
mación al análisis jurídico del turismo ha de partir de su consideración como
fenómeno extraordinariamente complejo cuyos rasgos característicos cambian
debido a la constante inuencia que sobre la actividad turística ejercen factores
externos que van a inuir en gran medida en el alcance u nalidad de las nor-
mas destinadas a regularlo en cada momento concreto.
En este sentido, Folchi (1985) dene al Derecho Turístico como, el con-
junto de principios y normas de Derecho Público y Privado, de orden interno
e internacional, que rigen las instituciones y relaciones jurídicas nacidas del
turismo y modicadas por él.
Por otra parte para Villa y Garcia (2015) , el Derecho Turístico es aquel
conjunto de normas y principios de orden público y privado que están en-
caminadas a establecer los derechos y obligaciones de aquellas personas que
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se desplazan libremente fuera de su domicilio habitual por más de 24 horas
y con un máximo de 6 meses, en el cual invierten recursos que provienen
del lugar de su procedencia y regula las relaciones que se establezcan con las
personas naturales o jurídicas que ejercen profesionalmente esta actividad.
Lo cual se rearma, por la Asamblea General de la Organización Mundial
de Turismo , organismo dependiente de las Naciones Unidas , el 26 de septiem-
bre de 1985 aprobó la carta del Turismo y el código del turista, la cual como
todas las resoluciones de este organismo internacional tiene solo el carácter de
recomendación. En esta se señala que todos los Estados integren su política tu-
rística en la política global de desarrollo, en sus diversos niveles local, regional,
nacional e internacional. Y se reconoce el derecho de a toda personas al des-
canso y el tiempo libre, a una limitación razonable dela duración del horario
de trabajo, a vacaciones periódicas pagadas y a la libertad de movimiento, sin
limitaciones dentro de los límites legales.
La forma para la regulación y control de las demandas y soluciones que se ma-
nejan en el ámbito turístico, puede categorizarse como derecho turístico. Según
como explica López (2008) el Derecho Turístico puede denirse como aquel sec-
tor del Derecho objetivo cuyas normas regulan las relaciones jurídicas nacidas de
la actividad turística, entendiendo por tal la que realizan las personas con motivo
de sus desplazamientos o estancias temporales en lugares extraños a su entorno
habitual, siempre que la nalidad principal de dichos desplazamientos o estancias
no sea la de obtener una remuneración en el mismo lugar visitado.
Ante esta denición, se requiere analizar si verdaderamente el derecho turísti-
co compone un sector del derecho o se trata solamente de un conjunto de normas
del derecho objetivo que puedan ser aplicables en un contexto turístico; es decir
aplicables a sólo algunos componentes del turismo. Al mismo tiempo, se requiere
analizar si lo entendido por actividad turística reeja en realidad la complejidad
del turismo desde una denición conceptual. Denir lo turístico a partir de las
actividades que realizan las personas, sin referir especícamente a dichas activi-
dades, es limitativo.
Asimismo, en términos de López (2008) el derecho turístico cuenta con tres prin-
cipios generales, los cuales son reglas lógico jurídicas de la ciencia mismadel derecho,
las cuales son aplicadas a todos los regímenes jurídicos, por cuanto cuentan con vali-
dez universal, tales como equidad, justicia y bien común. En base a lo anteriormente
expuesto el derecho turístico cuenta con tres principios respeto mutuo de derechos,
comprensión recíproca de necesidades, coordinación técnica de esfuerzos.
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En relación al respeto mutuo de derechos, este se reere al respeto básico
universal de los derechos del otro como ser integral, miembro de una fuerza
de trabajo que genera valor agregado con su función laboral, el cual a través
de valores como la ética e interés común genera elementos de valor en su
ejercicio profesional y al cual la empresa valora y calica como un talento
humano al cual se debe en su misión y visión organizacional, por tanto este
respeto mutuo de derechos entre empleados y empresas turísticas es la base
de la sinergia corporativa.
La comprensión recíproca de necesidades, dentro del marco jurídico del
derecho turístico, se relaciona con las condiciones de salubridad, higiene, ca-
lidad y salario a la cual tiene derecho el empleado, y que el empleador com-
prende como necesarias, no solo para la realización de la función laboral, sino
también para desarrollar el sentido de pertenencia y la mejora o potenciación
que el servicio o producto turístico puede evidenciar, manteniéndose enton-
ces estándares de calidad. La coordinación técnica de esfuerzos se reere a la
aplicación sistemática del esfuerzo laboral sin el cual los anteriores aspectos
resultan utópicos.
En el caso del derecho turístico en Venezuela, partiendo del hecho que
la actividad turística es una actividad internacional de un enorme impacto
político, económico, social y cultural en donde los desplazamientos de los
ujos de turistas de un país a otro, establecen relaciones públicas y privadas
entre los estados, organizaciones no gubernamentales, empresas privadas y
particulares, y siendo estas relaciones reguladas por el Derecho Internacional
Público y el Derecho Internacional Privado, se genera una integración del
turismo en las Relaciones Internacionales. Por esa razón trabajaremos con
una denición de Relaciones Turísticas Internacionales del Prof. Español Jor-
di Montaner Montejano que la dene como “El conjunto de relaciones que
establecen los Estados soberanos con territorio propio, reconocidos según el
derecho internacional con el n de llevar a cabo acuerdos de todo tipo bilate-
rales ó multilaterales, tanto en el ámbito público como privado, en el marco
del establecimiento de una paz y cooperación de la comunidad internacional”
Como se desprende de la anterior denición las Relaciones turísticas in-
ternacionales se establecen en las esferas pública y privada, por tanto, hare-
mos mención no solo de los acuerdos internacionales que Venezuela como
Estado soberano ha suscrito, sino también a las instituciones de carácter pri-
vado a las que pertenecen las organizaciones nacionales que desarrollan su
actividad en el sector del turismo.
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El derecho turístico en México se relaciona por el “ir mas al” en el senti-
do que se vincula a una responsabilidad social corporativa desde este punto
de vista, las normas jurídicas en general pueden ser de vigencia determinada
o indeterminada. Las primeras son aquellas cuyo ámbito temporal de validez
formal se encuentra establecido de antemano; las segundas, son aquellas cuyo
lapso de vigencia no se ha jado desde su comienzo; en este segundo caso,
sólo perderá su vigencia cuando sea abrogada expresa o tácitamente. Corres-
ponde a la segunda categoría indicada, la ley federal del turismo de México,
cuando expresan en su artículo 1° transitorio que esta ley entrará en vigor a
los quince días de su publicación en el diario ocial de la federación sin in-
dicar en este mismo apartado de preceptos transitorios, cuándo terminará su
aplicación o vigencia.
La realidad turística en Venezuela, en términos de Noya (2014) se estable-
ce, en cuanto al mercado actual de negocios actividades colaterales que tiene
el turismo donde necesariamente tenemos que hablar de emprendimiento y
aquí es donde está el kit del asunto, puede hablarse de que en Venezuela tene-
mos un crecimiento muy importante en el negocio de las Posadas Turísticas
está unidad de negocio es la que más ha crecido lo últimos 30 años, hablar
de que Mérida posee más de 400 posadas, o que en la población de Choro-
ni hay aproximadamente unas 60 posadas, o en Mochima que tienen unas
30 posadas, Igualmente zonas como Morrocoy, Sanare, San Felipe, Táchira,
Barinas, es el negocio turístico donde el emprendimiento de los Venezolanos
se ha focalizado en mejor manera, todas estas unidades de negocio deberían
tener programas de capacitación y hasta ahora son pocas las instituciones po-
demos citar al Instituto de Estudios Turísticos de la Asociación de Agencias
de Viajes y Turismo (IETASA), y podemos citar al circuito de la excelencia,
como ejemplos donde han acudido los posaderos y público en general para
aprender cómo se manejan este tipo negocios.
El crecimiento de Parques temáticos, campamentos vacacionales, campa-
mentos de ecoturismo y turismo de aventura, hatos agro turísticos, opera-
ciones de turismo de aventura, este es un importante sector donde muchos
emprendedores se han volcado y no hay programas de capacitación para el
emprendimiento, quiero decir que la educación formal no ha adecuado sus
programas para que estos sectores se fortalezcan y crezcan sustancialmente,
aquí hay un importante aporte en cuanto a creación de empleos en estos sec-
tores, porque no especializar a las personas, porque quedarse en el tema de
hotelería y agencias de viaje, cuando hay un sin n de actividades turísticas
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que están demandando personal capacitado, tenemos Universidades, Institu-
tos Universitario, Instituciones privadas , preparando en la academia con un
Ministerio de Educación rezagado.
El mundo del turismo es totalmente cambiante e innovador, hoy el In-
ternet y las redes sociales han cambiado como se ofrece el turismo, en este
sentido también tenemos carencias los programas de capacitación enfocados
al mercadeo y ventas a través de las redes el facebook, el twiter o el instagram
que son importantes herramientas para posicionar los productos turísticos
que se ofrecen en el país.
Según Hernández (2013), es común calicar a Venezuela como un país pri-
vilegiado para desarrollar el turismo. Pero cada vez es más observable cómo la
realidad más que aleja al país de ese potencial. Tal es el caso de otros países cari-
beños, la mayoría de estos países han logrado avanzar en el desarrollo turístico
y se han aprovechado de la demanda que se produce desde Europa y Estados
Unidos. Esto ha sido gracias a políticas públicas permanentes y de largo alien-
to en donde tanto los sectores ociales como privados, agarrados de la mano,
se proponen mejorar la oferta, educar a sus pobladores y sacarle provecho a las
ventajas que su geografía ofrece. Ahora bien, Venezuela tiene sin duda mucho
más que ofrecer como conjunto que la mayoría de esos países y sin embargo,
las cifras nacionales se alejan de mercados más pequeños pero competitivos.
Por lo tanto, si el gobierno nacional aspira a impulsar de verdad el turismo
como una opción para el crecimiento económico tiene que tomar las riendas
en una seria de actuaciones de otros organismos que inciden en la posibilidad
de atraer el turismo extranjero y hacerlo viable de igual manera para el con-
sumidor nacional. Por ello, el ministerio encargado de esa cartera tiene que
direccionar un plan nacional de la mano de expertos y con poder suciente
para motivar a través de políticas públicas a otros actores públicos para que
faciliten el desarrollo de esta política.
Por su parte, la realidad turística en México, para López (2014) es una
actividad económica con creciente presencia en los países en vía de desa-
rrollo, cuya potencialidad para apoyar procesos de avance y por lo tanto, de
combate contra la pobreza, ha sido reconocida internacionalmente. Muchos
países menos desarrollados han visto aumentar su progreso turístico, inclu-
sive en aquellos donde hasta hace poco consideraban al turismo como una
actividad secundaria. Por lo que denitivamente el turismo representa una
oportunidad hacia los países en desarrollo, pero éstos tienen que estar sujetos
a directrices de turismo responsable, por lo que es importante contar con una
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gestión compartida por los agentes involucrados (gobierno federal, estatal,
sector privado, ONG, destinos turísticos, sociedad civil, etc.) que establezcan
un marco legislativo, político, socioeconómico y cultural, que propicien una
visión más amplia y consideren como prioridad al turismo a manera de estra-
tegia de desarrollo para reducir la pobreza.
En la actualidad, el volumen del negocio del turismo iguala o sobrepa-
sa las exportaciones de petróleo, productos alimenticios y automóviles. El
turismo se ha convertido en uno de los mayores jugadores en el comercio
internacional y representa al mismo tiempo una de las principales fuentes de
ingreso para muchos de los países en vías de desarrollo. Este crecimiento se
da, mano a mano con una diversicación creciente y competencia entre los
destinos turísticos.
Cuando se inicia la creación del sector turístico en México, el estado favo-
recía la planeación y desarrollo de los polos o destinos en base a su localización
geográca. Hoy en día, se deben desarrollar polos turísticos basándose en la
herencia cultural y en el potencial económico del destino y no exclusivamente
en su belleza natural. Lo anterior favorecerá al desarrollo de las comunidades
más necesitadas y creará nuevas formas de turismo, como lo es: el ecoturismo,
de deporte, de retiro, industrial, de negocios, náutico, educativo, entre otros.
Las políticas relacionadas al turismo deberán estar cuidadosamente diseñadas
para operar con una infraestructura que sea conductiva para el sector turístico.
Aspectos jurídicos de las reglamentaciones turísticas en el caso venezolano y
mexicano
En términos de Arcada (2014) En Venezuela, los fundamentos legales de
las actividades dirigidas al desarrollo del turismo, están dados en primer lugar
por la Constitución Nacional, cuando en el Ordinal 22 del Artículo 156, re-
serva al Poder Nacional la facultad de legislar en materia de turismo, facultad
ésta que ha sido cumplida cuando se han sancionado y promulgado las Leyes
de Turismo; y cuando el Ejecutivo Nacional, haciendo uso de sus facultades,
ha reglamentado dichas Leyes, e igualmente cuando ha dictado Decretos y
Resoluciones en materia de turismo.
De la misma manera, la Constitución Nacional en su artículo 310 esta-
blece que: “El turismo es una actividad económica de interés nacional, prio-
ritaria para el país en su estrategia de diversicación y desarrollo sustentable.
Dentro de las fundamentaciones del régimen socioeconómico previsto en
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esta Constitución, el estado dictará las medidas que garanticen su desarrollo:
El Estado velará por la creación y fortalecimiento del sector turístico nacio-
nal”. Lo cual indica que el turismo está considerado entre las actividades eco-
nómicas prioritarias para el Estado venezolano.
El 23 de junio de 2005, se publica la Ley Orgánica de Turismo que derogó
expresamente al Decreto con Fuerza de Ley de fecha 26 de noviembre de 2001,
manteniéndose vigentes las disposiciones contenidas en los Reglamentos Ge-
nerales y Parciales de la Ley Orgánica de Turismo y se aplicarán en cuanto no
colidan con las disposiciones de la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela y las leyes, hasta tanto el Ejecutivo Nacional dicten los que hayan de
reemplazarlos. Es necesario destacar, que a través de la política que lleva acabo
el Ejecutivo Nacional , se promulgó la Ley Orgánica de Turismo que establece
en su artículo 1, lo siguiente “tiene por objeto promover y regular la actividad
turística, la organización y funcionamiento del Sistema Turístico Nacional,
como factor estratégico de diversicación socioeconómica y desarrollo susten-
table y sostenible del país, mediante la creación de normas que garanticen la
orientación, fomento, desarrollo, coordinación y control de la actividad turís-
tica, estableciendo los mecanismos de concertación, cooperación, asistencia y
solidaridad de los órganos y entes de la administración pública , instituciones
públicas , privada y mixtas de esta actividad”. (2008: 7).
Para el caso mexicano, señala Magaña Carrillo (2009), el gobierno juega
un papel denitivo en el desarrollo de la actividad turística de México, pues es
quien tiene el poder de crear políticas públicas, así como el marco de acción
legal y nanciero que el turismo requiere para su desarrollo. Principalmente,
el Estado puede proveer al turismo infraestructura y “puede igualmente con-
trolar la industria y sus actividades en virtud de lograr que las actividades y los
estándares de seguridad se mantengan en el interés público” (Elliot, 1997: 4).
Otro papel importante del gobierno es el de generar la estructuraadmi-
nistrativa para diseñar productos turísticos con baseen insumos clave como:
los recursos naturales y los hechos porel ser humano, las tradiciones, las cos-
tumbres, la gastronomía, elfolklor, entre otros; además de que impulsa la pro-
moción, el fomentoal desarrollo, el nanciamiento y el estudio del turismo.
La administración es la estructura funcional que se requiere parahacer
realidad palabras y promesas de políticos. El turismo, paraque sea efectivo,
no puede atenerse a declaraciones, programasy planes sin ningún soporte real
de ejecución. La justicación dela administración pública en el turismo sólo
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es posible por mediode resultados, es decir, su práctica y desempeño deberá
reejarvalidación, legitimidad, profesionalismo, efectividad y ecacia.
Una más de sus responsabilidades, en el ámbito cultural, la señala Elliot,
quien nos dice que el gobierno “está involucrado en elturismo no sólo viéndolo
como industria lucrativa; sino tambiéncomo experiencia educativa y cultural
tanto para los turistas comopara la comunidad receptora. El turismo no sólo
tiene impactoeconómico, sino medioambiental y en la cultura local” (1997: 4).
Los encuentros culturales que genera este sector provocan un
aculturamiento,donde los participantes conviven y tratan de aceptarse,al
tiempo que mezclan sus costumbres. También en este sentidodebe actuar el
gobierno, y no sólo por las ganancias económicasque genera el turismo, sino
por los benecios cualitativos que implica,a n de tener un mejor efecto e
imagen en el ámbito internacionalcomo destino turístico: ser un país seguro,
de fácil ofertapara el cliente-turista del mundo.
En la actualidad, México se basa en Programa Sectorial de Turismo (PST)
2007-2012. Dicho acercamiento es la base que impulsó la investigación, por
lo que se recupera en este texto para, a partir del enfoque del modelo de cali-
dad total, intentar explicar y comprender el bajo perl competitivo de Méxi-
co como destino turístico.
Cabe señalar que el turismo es una actividad que en México tiene una im-
portancia vital por su aportación al producto interno y a la balanza de pagos.
Esta relevancia también se reeja en la presencia del sector en los programas de
desarrollo nacional, por lo que se hacen necesarias políticas públicas orientadas
a lograr que nuestro país sea competitivo en los mercados turísticos mundiales.
Tal y como señala Carrillo (2009) un elemento que afecto la realidad na-
cional de México y por ende la realidad turística fue el terremoto acaecido en
1985 lo cual inuyo en la imagen y el turismo del país, para revertir la situa-
ción y potenciar el ingreso nacional el presidente Miguel de la Madrid Hurtado
(1982-1988) comenzó la apertura de la economía del país a otros mercados, lo
que beneció el establecimiento de la política turística que contemplaba una
estrategia general. Ésta consistió en usar de manera eciente e intensiva la ca-
pacidad instalada e implantar una política de precios competitiva en el ámbito
internacional, con el n de estar a la par con los destinos turísticos del mundo.
Se promovió el tianguis turístico, sistema para potenciar estratégicamente
localidades turísticas, con el Programa Nacional de Turismo 1984-1988, como
un evento internacional para que México ofrezca, comercialice, promueva y
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difunda sus productos a operadores y periodistas nacionales y extranjeros es-
pecializados, sobre todo de Estados Unidos y Canadá, mercados naturales de
México, pero también de algunos países de Europa. Por otro lado, el Banco
Nacional de Turismo no pudo atender a sus clientes y fue liquidado.
En cuanto a la información especializada en turismo, se consolidó un
sistema que mejoraría su manejo y utilización, al tiempo que apoyaría en la
contabilidad del sector; no obstante, para esas fechas no había arrojado re-
sultados claros (Jiménez, 1993). Sin embargo, hasta entonces no existía una
política para formar a los empresarios y trabajadores de este sector en un con-
texto de visión estratégica, tampoco había capacitación en el concepto del
modelo de calidad total, que en esos años ya daba resultados en la economía
japonesa y que le valió, de acuerdo con el Reporte Global de Competitividad
2007-2008, levantado a través del Global ReportingInstitute, el cual ubica
las empresas turísticas en un ranking a nivel global.Actualmente México a
nivel turístico, es de las primeras diez economías del mundo, a menos de tres
puntos del primer sitio.
No obstante, el gobierno de México todavía no ha dimensionado clara-
mente al turismo como un concepto integral para convertirlo en un pilar de
la economía nacional. Los sectores público y privado del país deben ser un
binomio que genere los elementos vitales para ser y hacer un ejercicio compe-
titivo en la dirección y acción del turismo en la política nacional.
La expresión de la política turística –a lo largo de los diferentes periodos
gubernamentales– deja entrever, de manera concisa, que en el destino turístico
México no se ha fortalecido una cultura empresarial capaz de poner en juego
una diversidad de acciones que le permitan ser competitivo en los actuales mer-
cados turísticos mundiales en el contexto de la hipercompetitividad.
Metodología
La presente investigación de acuerdo con la fuente originaria de informa-
ción es una investigación de carácter documental puesto que la misma se nu-
tre de los estudios ya realizados y viene a unicar los diversos criterios que se
manejan en las legislaciones previas de carácter turístico, de Venezuela y Mé-
xico. Asimismo, mediante un diseño de investigación documental, no experi-
mental, transversal, se aplicara una revisión de la ley de turismo de Venezuela,
así como la reglamentación turística mexicana, utilizándose la observación,
así como la hermenéutica jurídica.
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El método hermenéutico jurídico es denido por Hernández, Fernández
y Baptista (2010) como: “El método que usa, consciente o inconscientemen-
te, todo investigador y en todo momento, ya que la mente humana es, por su
propia naturaleza, interpretativa, es decir, hermenéutica: trata de observar
algo y buscarle signicado que tenga relación con la investigación. (p.70).
Como se puede evidenciar, este método o técnica tiene como nalidad la
interpretación de algún texto que se relacione con la investigación, ya que al
analizar la bibliografía correspondiente, se clasica la información sacando la
idea principal que es la que se va a utilizar. Se aplicó dicho método a razón de
realizar la contrastación jurídica entre ambos marcos normativos regulato-
rios de la actividad turística.
Consideraciones nales
Al relacionar ambos marcos jurídicos en cuanto al campo turístico vene-
zolano y mexicano, se halla que la mayor vinculación es el carácter organiza-
tivo que privo en ambos marcos hasta la década de los 2000. En este sentido,
el turismo es reglamentado en ambos países por el Estado, sin embargo en
el caso mexicano, el sector turístico es reglamentado desde una perspectiva
privada, es decir, la política turística aplicada, es de corte privatizante, donde
ubica a la empresa turística privada como elemento promotor del turismo
siendo este uno de los pilares esenciales de la economía mexicana.
El caso venezolano, es lo contrario, el paradigma político circunscribe el
turismo como una política social y no económica, donde el turismo es pro-
movido y potenciado por el Estado, como un ente regulador y promotor de
empresas turísticas estadales. Sin embargo no se halla regulado los factores
de ambiente, economía o seguridad en el marco turístico puesto que aunque
se encuentran las leyes, no se establece el marco o instrumento administrati-
vo reglamentario para la aplicaciones de las sanciones en el sector turístico,
el cual es mayoritariamente controlado por entes gubernamentales. Y poder
llegar a cumplir con la visión de ser el instrumento para contribuir al mejora-
miento de la calidad de vida de la población venezolana y al fortalecimiento
del sistema turístico nacional, a través del posicionamiento de Venezuela en
el mercado turístico nacional e internacional como un multidestino capaz de
generar nuevas formas asociativas de inclusión social para el desarrollo sus-
tentable y sostenible, con base en el plan de desarrollo de la nación.
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Referencias
Bibliográcas
CASTRO, Marling (2014) Evolución histórica legislativa e institucional del
Derecho del Turismo en Venezuela. Coro: Universidad de Falcón - Fa-
cultad de Derecho.
FOLCHI, Mario O (2015). Derecho Aeronáutico y Derecho Turístico. Re-
vista Peruana de Derecho Aeronáutico y del Espacio, Año 1, No.
Enero-Marzo, p. 29.
Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela (31 de julio de
2009). Ley Orgánica de Turismo. Gaceta Ocial No. 5.889 Extraordi-
naria.
LÓPEZ, José (2008). Fundamentos de Legislación Turística. México: Edito-
rial Trillas.
MAGAÑA-CARRILLO, Irma. (2009). La política turística en México desde
el modelo de calidad total: un reto de competitividad. Economía, So-
ciedad y Territorio, vol. IX, núm. 30, mayo-agosto, pp. 515-544.
Organización Mundial de Turismo (1985). La Carta del Turismo Y el Código
del Turista. Resolución de la Asamblea De La Organización Mundial
del Turismo. Bulgaria.
Electrónicas
HERNÁNDEZ, Oscar (2013).El turismo, herramienta para el desarrollo.
Artículo de opinión. Diario el Universal. www.avn.info.ve/.../turismo-
venezuela-es-una-herramienta-desarrollo-económico.Fecha de Con-
sulta: 13/08/2016.
LÓPEZ, Daniel (2009) El turismo en México, gran inuencia en la eco-
nomía. http://www.monograas.com/trabajos81/turismo-mexico-
gran-inuencia-economia/turismo-mexico-gran-inuencia-econo-
mia3.shtml. Fecha de Consulta: 11/08/2016.
VILLA, Manuel y GARCÍA, Noriega (2015). Propuesta del Plan Nacional
de Turismo 2007-2012 El Derecho Turístico, Un Nuevo Derecho Au-
tónomo Facultad de Derecho de la Pucp. Perú.https://citlalilarablog.
les.wordpress.com/2015/12/derecho-turistico. Fecha de Consulta:
12/ 08 / 2016.